DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 187 Lunes, 29 de septiembre de 2025 Pág. 51209

III. Otras disposiciones

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

RESOLUCIÓN de 17 de septiembre de 2025, del tribunal designado para calificar las pruebas dirigidas a la obtención y renovación del certificado de conselleiro de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, por la que se determinan las fechas, el lugar y los horarios de realización de los ejercicios correspondientes a la renovación del certificado.

El tribunal designado para calificar las pruebas dirigidas a la obtención y renovación del certificado de conselleiro de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, convocadas mediante la Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Movilidad (DOG núm. 139, de 22 de julio), acordó, de conformidad con lo dispuesto en la base novena de la mencionada resolución:

Primero. Las pruebas correspondientes a la renovación del certificado de conselleiro de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril tendrán lugar en la Escuela Gallega de Administración Pública (EGAP), calle de Madrid, 2-4, As Fontiñas, Santiago de Compostela.

Dichos ejercicios se realizarán el próximo día 21 de octubre de 2025, en los horarios y aulas que a continuación se señalan:

Pruebas renovación del certificado

Clase

Renovación

Aula

Horario

ADR todas

Renovación

Aula 11

9.00-10.00

Clase 1

Renovación

Aula 11

10.00-11.00

Clase 2

Renovación

Aula 7

11.00-12.00

Clase 3 y más

Renovación

Aula 2

15.00-16.00

Materias líquidas

Renovación

Aula 2

17.00-18.00

Clase 7

Renovación

Aula 11

9.00-10.00

RID todas

Renovación

Aula 7

13.00-14.00

Segundo. A los efectos de proceder a la realización de los correspondientes llamamientos, los aspirantes deberán presentarse a las pruebas 15 minutos antes del comienzo de cada ejercicio.

Tercero. Las personas interesadas serán convocadas para cada ejercicio en llamamiento único, resultando excluida de su realización quien no comparezca.

Cuarto. Los aspirantes excluidos por no comparecer en el momento del llamamiento no tendrán derecho a que se les devuelvan los importes abonados en concepto de derechos de examen.

Quinto. Los aspirantes tendrán que presentarse a las pruebas provistos del original de su documento nacional de identidad o documento fehaciente acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal. En caso contrario, no se permitirá el acceso al recinto donde se realicen los ejercicios. Tales aspirantes excluidos no tendrán derecho a que se les devuelvan los importes abonados en concepto de derechos de examen. Se recomienda, igualmente, que concurran provistos de una copia de la solicitud de admisión y del impreso justificativo del pago de las tasas.

Se ruega que los aspirantes comparezcan al examen provistos de bolígrafo azul o negro.

Santiago de Compostela, 17 de septiembre de 2025

Marta Vázquez Sanjurjo
Presidenta del tribunal