Mediante la Resolución de 15 de septiembre de 2023 (DOG de 27 de septiembre), se convocaron pruebas selectivas para cubrir cuatro plazas de la categoría profesional de técnico/a gestor de tecnologías de la información y de las comunicaciones, grupo II, por el turno de promoción interna.
Mediante la Resolución de 14 de enero de 2025 (DOG de 24 de enero), se aprobó la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en las mencionadas pruebas selectivas, fijándose un plazo para subsanar los defectos que motivaron la exclusión u omisión.
Finalizado dicho plazo y conforme a lo establecido en la base 4.4 de la convocatoria,
RESUELVO:
Primero. Declarar aprobada y hacer pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en las citadas pruebas.
Segundo. Indicar que la citada lista definitiva está expuesta en el tablón electrónico de la USC y en la web https://www.usc.gal/gl/institucional/goberno/area/xestionpersoal/PAS/oep/listado
Tercero. Convocar a las personas aspirantes admitidas, y que no están exentas de este ejercicio, para realizar el primer examen de la fase de oposición (prueba de lengua gallega) el día 18 de noviembre de 2025, a las 9.00 horas, en el despacho número 25 del área TIC, en el segundo piso del Pabellón de Servicios (calle Xosé María Suárez Núñez, s/n, 15782 Santiago de Compostela, A Coruña).
La publicación de los anuncios de celebración de los próximos ejercicios se efectuará por el tribunal en el tablón electrónico de la Universidad y en la página web mencionada en el punto segundo, así como en cualquier otro lugar que considere oportuno.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
No obstante, las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó. En este caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente indicado mientras no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo del artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 17 de septiembre de 2025
Antonio López Díaz
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela
