La Orden de 16 de octubre de 2015 por la que se regulan las funciones, la composición y el funcionamiento del Consejo de Bioética de Galicia indica en el artículo 3, relativo a su composición, que las personas miembros del Consejo de Bioética de Galicia serán nombradas y cesadas por la persona titular de la consellería con competencias en materia de sanidad, por un período de tres años prorrogables por otro período de igual duración. Tanto el nombramiento como el cese serán publicados en el Diario Oficial de Galicia.
El artículo 8 de dicha orden establece que una de las causas de cese de los miembros del Consejo es la renuncia expresa presentada por escrito ante la persona titular de la Presidencia del Consejo.
Por lo expuesto, en ejercicio de la facultad atribuida,
DISPONGO:
Que cese, a petición propia, Sergio Domingo Baamonde Boquete como miembro y secretario del Consejo de Bioética de Galicia, agradeciéndole los servicios prestados.
Santiago de Compostela, 29 de septiembre de 2025
Antonio Gómez Caamaño
Conselleiro de Sanidad
