Cumplidos los trámites previstos en la Ley 6/2017, de 12 de diciembre, de puertos de Galicia, se acordó, en virtud de lo indicado en su artículo 70.13, dar publicidad a las resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, de los otorgamientos de las siguientes concesiones en dominio público portuario, con sujeción a las condiciones estipuladas en los pliegos de condiciones correspondientes:
• Fecha de la resolución: 21 de julio de 2025.
Tipo de trámite: otorgamiento de concesión en el dominio público portuario.
Código de la concesión: 12-13-24-C-3.
Objeto de la concesión: ocupación del dominio público portuario para explotación de nave para usos complementarios a los náutico deportivos.
Puerto: Sada.
Concesionario: Club Náutico de Sada.
Superficie concedida en el título concesional: 251 m2.
Inversión: 319.877,91 € (con IVA).
Plazo de la concesión: veinte (20) años.
Tasas que se devengarán a Puertos de Galicia: en concepto de tasas de ocupación del dominio público portuario, 4.072,26 € anuales (IVA excluido), y en concepto de tasas por desarrollo de actividades comerciales o industriales y el 1,05 % del importe neto de la cifra anual de negocio por la actividad de reparación naval, el 1,05 % del importe neto de la cifra anual de negocio por la actividad de enseñanzas náuticas y el 1,58 % del importe neto de la cifra anual de negocio por la actividad de efectos navales y logística.
Tasas TODP susceptibles de bonificación/es: no.
• Fecha de la resolución: 22 de julio de 2025.
Tipo de trámite: otorgamiento de concesión en el dominio público portuario.
Código de la concesión: 14-07-25-C-1.
Objeto de la concesión: ocupación del dominio público portuario para ocupación de edificio para sede, oficinas, formación náutico-pesquera y fines sociales.
Puerto: Viveiro-Celeiro.
Concesionario: Cofradía de Pescadores de Celeiro.
Superficie concedida en el título concesional: 585 m2.
Inversión: 357.206,52 € (con IVA).
Plazo de la concesión: veinticinco (25) años.
Tasas que se devengarán a Puertos de Galicia: en concepto de tasas de ocupación del dominio público portuario, 5.307 € anuales (IVA excluido), y en concepto de tasas por desarrollo de actividades comerciales o industriales y el 1,5 % del importe neto de la cifra anual de negocio por oficinas y el 1 % por las actividades de formación y enseñanzas náuticas.
Tasas TODP susceptibles de bonificación/es: sí.
Contra los citados actos administrativos que agotan la vía administrativa cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela en el plazo de dos (2) meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución haciendo público el otorgamiento.
No obstante, los interesados podrán interponer contra esta resolución recurso potestativo de reposición, en el plazo de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de esta publicación, ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 24 de septiembre de 2025
José Antonio Álvarez Vidal
Presidente de Puertos de Galicia
