DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 196 Viernes, 10 de octubre de 2025 Pág. 53173

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

ORDEN de 3 de octubre de 2025 por la que se modifica la Orden de 26 de noviembre de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2025 (código de procedimiento MT809D).

El día 10 de diciembre de 2024 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 26 de noviembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2025.

En su artículo 1 se dispone que la orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de una línea de ayudas a favor de las personas titulares de explotaciones agrícolas y/o ganaderas afectadas por los ataques de especies de fauna silvestre (lobo, jabalí y oso), con la finalidad de fomentar la aplicación de medidas de protección, para lo cual se incentivará la adquisición de elementos preventivos de los daños que puedan ocasionar estas especies, procediendo a su convocatoria para el año 2025.

El artículo 21 establece que el pago de la cantidad adjudicada a cada persona física o jurídica queda condicionado a la justificación de los gastos objeto de subvención y que el plazo máximo inicial para presentar la justificación de los gastos finalizará el día 19 de septiembre de 2025.

El elevado número de solicitudes presentadas dificulta el cumplimiento por las personas beneficiarias de los plazos establecidos en la orden para la ejecución y justificación de los gastos relativos a estas ayudas, toda vez que comprende tres líneas: una para la prevención de los daños ocasionados por el lobo, otra línea para la prevención de los daños ocasionados por el jabalí y una tercera para la prevención de los daños ocasionados por el oso.

En la tramitación de los expedientes se tuvieron que otorgar plazos para la subsanación tanto de documentación como de errores detectados, así como la realización de las diferentes comprobaciones documentales necesarias.

Todo lo anterior ha generado una demora en la resolución de la convocatoria, disminuyendo el tiempo efectivo disponible por los beneficiarios para la ejecución y la justificación correspondiente de los gastos objeto de subvención.

El día 2 de septiembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 26 de agosto de 2025 por la que se modifica la Orden de 26 de noviembre de 2024, ampliando el plazo máximo para presentar la justificación de los gastos hasta el día 19 de octubre de 2025.

Sin embargo, a la vista de la complejidad de la documentación que debe revisarse y dado que las personas beneficiarias deben contar con tiempo suficiente para poder llevar a cabo las actuaciones objeto de subvención y, consecuentemente, para presentar la justificación correspondiente de los gastos, se estima necesario establecer nuevos plazos de ejecución y justificación de las mismas.

En virtud de lo expuesto, y en uso de las facultades que tengo conferidas por la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica el punto 2 del artículo 21 de la Orden de 26 de noviembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la prevención de los daños que causan determinadas especies de fauna silvestre y se convocan para el año 2025, que queda redactado en los siguientes términos:

«El plazo máximo para presentar la justificación de los gastos finalizará el día 4 de noviembre de 2025. Sin embargo, se podrá conceder, a petición justificada de la persona física o jurídica interesada realizada antes de la finalización del plazo establecido y siempre que no se perjudiquen derechos de terceros, una ampliación del plazo de justificación de las ayudas que no excederá de la mitad del plazo inicialmente previsto».

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 3 de octubre de 2025

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático