DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 197 Lunes, 13 de octubre de 2025 Pág. 53379

IV. Oposiciones y concursos

Servicio Gallego de Salud

CORRECCIÓN DE ERRORES. Resolución de 23 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso-oposición para el ingreso en las categorías de médico/a de urgencias hospitalarias y médico/a asistencial del 061.

Advertidos errores en la citada resolución, publicada en el Diario Oficial de Galicia núm.188, del martes 30 de septiembre de 2025, es necesario hacer las siguientes correcciones:

En la página 51636, donde dice:

«ANEXO I

Plazas y titulación

Categoría

Subgrupo

Acceso libre

Promoción interna

Reserva discapacidad

Total

Titulación

Médico/a de urgencias hospitalarias

A1

81

31

9

121

Título de médico especialista en medicina familiar y comunitaria o la certificación habilitadora prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio.

Médico/a asistencial del 061

A1

6

2

0

8

Título de médico especialista en medicina familiar y comunitaria o la certificación habilitadora prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio.»

Debe dicir:

«ANEXO I

Plazas y titulación

Categoría

Subgrupo

Acceso libre

Promoción interna

Reserva discapacidad

Total

Titulación

Médico/a de urgencias hospitalarias

A1

81

31

9

121

Graduado/licenciado en Medicina y cualquier título de médico/a especialista expedido por el ministerio competente o la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de médico de medicina general en el Sistema Nacional de Salud.

Médico/a asistencial del 061

A1

6

2

0

8

Graduado/licenciado en Medicina y cualquier título de médico/a especialista expedido por el ministerio competente o la certificación prevista en el artículo 3 del Real decreto 853/1993, de 4 de junio, sobre ejercicio de las funciones de médico de medicina general en el Sistema Nacional de Salud.»

En la página 51643, donde dice:

«1.2.2. Formación especializada.

a) Por haber completado el período como residente del programa MIR, en España o en un país de la Unión Europea, o bien haber completado el período de formación como residente en un centro extranjero con un programa reconocido de docencia para posgrados/as en la especialidad a que se presente y con el título validado por el ministerio competente: 2,5 puntos».

Debe decir:

«1.2.2. Formación especializada.

a) Por haber completado el período como residente del programa MIR, en España o en un país de la Unión Europea, o bien haber completado el período de formación como residente en un centro extranjero con un programa reconocido de docencia para posgrados/as en la especialidad requerida para el acceso y con el título validado por el ministerio competente: 2,5 puntos».