DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 202 Lunes, 20 de octubre de 2025 Pág. 54516

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

RESOLUCIÓN de 9 de octubre de 2025, de la Dirección General de Formación y Cualificación para el Empleo, por la que se redistribuyen los créditos presupuestarios recogidos en la Orden de 8 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para el período 2025-2027 y se procede a la primera convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la financiación de acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C, para personas trabajadoras desempleadas, para los años 2025 y 2026 (código de procedimiento TR301K).

Mediante la Orden de 8 de julio de 2025 (DOG núm. 130, de 9 de julio), la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración estableció las bases reguladoras para el período 2025-2027 y realizó la primera convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la financiación de acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C, para personas trabajadoras desempleadas, para los años 2025 y 2026.

En el artículo 42.1 de esta orden se recoge la financiación de las ayudas previstas con cargo a las aplicaciones presupuestarias 14.03.323A.460.1, 14.03.323A.471.0 y 14.03.323A.481.0, código de proyecto 2021 00149, con una cuantía de 50.000.000 €, distribuida entre las anualidades 2025 (30.000.000 €) y 2026 (20.000.000 €), procedentes de fondos finalistas del Estado.

En el mismo artículo 42 se establece que esos créditos podrán ser objeto de modificaciones en los supuestos y en las condiciones previstos en los artículos 30 y 31 del Reglamento de la Ley de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero.

Una vez instruidos los expedientes de acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 14 de las bases reguladoras, y obtenida la relación de acciones formativas que van a ser subvencionadas, que cumplen con los requisitos establecidos en las citadas bases, es preciso realizar una redistribución del crédito de la anualidad 2026 entre las distintas aplicaciones presupuestarias, en función del tipo de entidad que va a impartir la formación (empresas, entidades locales o entidades sin ánimo de lucro).

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero (DOG núm. 20, de 29 de enero de 2009), cuando la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas se distribuya entre distintos créditos presupuestarios, la alteración de dicha distribución no necesitará de una nueva convocatoria pero sí de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación en los mismos medios que la convocatoria.

En virtud de lo anterior, la persona titular de la Dirección General de Formación y Cualificación para el Empleo

RESUELVE:

Primero. Modificar el crédito destinado a las ayudas convocadas en la Orden de 8 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para el período 2025-2027 y se procede a la primera convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para la financiación de acciones formativas del Sistema de formación profesional de los grados A, B y C, para personas trabajadoras desempleadas, para los años 2025 y 2026 (código de procedimiento TR301K), redistribuyendo el crédito previsto en la citada orden para la anualidad 2026 de la siguiente manera, sin variar el presupuesto total:

Anualidad 2026

Aplicación presupuestaria

Código de proyecto

Presupuesto inicial

Modificaciones

Presupuesto final

14.03.323A.460.1

2021 00149

1.134.000,00

-7.551,02

1.126.448,98

14.03.323A.471.0

2021 00149

14.726.000,00

1.139.858,65

15.865.858,65

14.03.323A.481.0

2021 00149

4.140.000,00

-1.132.307,63

3.007.692,37

Total

20.000.000,00

20.000.000,00

La distribución prevista en la orden de convocatoria para la anualidad 2025 no ha sufrido variación.

Segundo. Esta modificación, una vez publicada en el Diario Oficial de Galicia, no implicará apertura de un plazo para presentar nuevas solicitudes.

Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2025

Zeltia Lado Lago
Directora general de Formación y Cualificación para el Empleo