Mediante la Resolución de 16 de diciembre de 2024 (DOG núm. 7, de 13 de enero de 2025), se publicaron las bases reguladoras de los talleres multidisciplinares de digitalización, innovación, sostenibilidad y logística avanzada para el año 2025, y se procedió a su convocatoria en régimen de concurrencia competitiva (código de procedimiento IG300H).
Dichas bases establecen en su artículo 12.3 que el anuncio de la publicación del texto completo de la resolución definitiva en la web del Igape será publicado en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
En su virtud y de conformidad con las facultades que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Anunciar la publicación del texto completo de la resolución definitiva, de 6 de octubre de 2025, de concesión de los talleres multidisciplinares de digitalización, innovación, sostenibilidad y logística avanzada, en la dirección https://spiga-sede.igape.es/publicaciones
El texto completo de la resolución no se publica en el DOG en su integridad en virtud de la cautela prevista en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Se habilita un plazo de diez (10) días naturales para que las personas interesadas accedan a la oficina virtual del Igape, en la dirección https://spiga-sede.igape.es/publicaciones, utilizando su NIF, para descargar su resolución individual. Transcurrido dicho plazo desde la puesta a disposición de la resolución individual sin que se acceda a su contenido, se entenderá rechazada.
Segundo. Las resoluciones individuales, según lo establecido en el apartado primero, agotan la vía administrativa y contra ellas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos (2) meses contados a partir del día siguiente al del acceso a la resolución individual, o desde que se entienda rechazada por el transcurso diez (10) días naturales desde su puesta a disposición sin que se hubiera accedido a su contenido. No obstante, previamente se podrá interponer un recurso de reposición ante la persona titular de la Dirección General del Igape, dentro del plazo de un (1) mes contado a partir del día siguiente al acceso a la resolución individual, o desde que se entienda rechazada por el transcurso diez (10) días naturales desde su puesta a disposición sin que se hubiera accedido a su contenido.
Santiago de Compostela, 14 de octubre de 2025
Covadonga Toca Carús
Directora general del Instituto Gallego de Promoción Económica
