En la sesión celebrada el día 14 de octubre de 2025, el tribunal nombrado por la Resolución de 30 de abril de 2025 (DOG núm. 85, de 6 de mayo), para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo de gestión de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de inspectores e inspectoras de consumo, subgrupo A2, convocado por la Resolución de 25 de enero de 2024 (DOG núm. 21, de 30 de enero),
ACORDÓ:
Primero. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.1.2 de la convocatoria y de acuerdo con los criterios de corrección, valoración y superación publicados, superaron el segundo ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que obtuvieron una puntuación mínima de quince (15) puntos.
Alcanzaron la puntuación mínima de quince (15) puntos un total de dos (2) aspirantes.
Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la convocatoria, publicar en el portal web corporativo de la Xunta de Galicia, funcionpublica.xunta.gal los resultados obtenidos por las personas aspirantes con relación al segundo ejercicio de este proceso.
Asimismo y según dicha base, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas con relación a las puntuaciones, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia.
Tercero. De conformidad con la base II.1.1.3, respecto al tercer ejercicio, estarán exentas de su realización las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este acuerdo en el Diario Oficial de Galicia, la posesión del Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado, de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
No tendrá que presentar la documentación justificativa de exención quien ya tenga acreditada la posesión del Celga requerido y así conste en la lista de personas aspirantes publicada con esta resolución, por la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo se podrá interponer recurso de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 14 de octubre de 2025
Laura Suárez Fernández
Presidenta del tribunal
