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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 212 Lunes, 3 de noviembre de 2025 Pág. 56937

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 13 de octubre de 2025, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Valdoviño (expediente IN407A 2023/281-1).

Expediente: IN407A 2023/281-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: Sustitución de CT Carballal 15CU83 para la instalación de telecontrol (Valdoviño).

Ayuntamiento: Valdoviño.

Hechos:

1. El día 2.6.2023, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada con el objeto de dotar de telecontrol a un CT.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, presentan el proyecto que incluye la memoria, los planos y el presupuesto y que comprende los siguientes documentos:

1º. Proyecto de ejecución denominado Sustitución de CT Carballal 15CU83 para una instalación de telecontrol (Valdoviño), firmado por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 2.980 de Vigo, el 14.4.2023.

2º. Contestación al requerimiento, firmado por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, número de colegiado 2.980 de Vigo, el 31.7.2025.

3º. Relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

• Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

• DOG: 12.9.2023.

• BOP: 25.8.2023.

• Periódico La Voz de Galicia: 8.9.2023 (Ed. Ferrol).

• Tablón de anuncios del Ayuntamiento: según certificado municipal de 12.3.2024.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Ayuntamiento de Valdoviño y la Agencia Gallega de Infraestructuras. La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos en el plazo otorgado a tal efecto.

5. El día 7.10.2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).

2. Legislación de aplicación:

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

• Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

• Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas:

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en la calle Gándara de Arriba, lugar de Carballal en el ayuntamiento de Valdoviño y sus características técnicas son las siguientes:

• Modificación del trecho soterrado de la LMT CDR-803 denominado derivada al CT Carballal, autorizado en el expediente IN407A 1999/86-1, consistente en la instalación de una nueva arqueta delante del CT Carballal (expedientes 5.246 e IN407A 2016/1565-1/matrícula 15CU83) y la desconexión y desmontaje del trecho de línea comprendido entre la arqueta proyectada y la celda de línea convencional del CT Carballal.

• Desconexión y desmontaje del CT tipo caseta alta Carballal existente,de 400 kVA de potencia y relación de transformación 20/0,4-0,23 kV, así como de toda su aparamenta de promedio y de baja tensión.

• Montaje, en la huella que dejará dicho CT Carballal una vez desmantelado, de un nuevo apoyo metálico tipo FL-C-2000/12-H35-CA(CS) en el que se proyecta la instalación de un paso aéreo soterrado (PAS/) dotado de juego de pararrayos autoválvulas. Esta operación implicará, con la finalidad de darle continuidad a la LMT CDR-803, el retensado del conductor tipo LA-56 (conductor existente) en el trecho aéreo de 29 metros de longitud comprendido entre el nuevo apoyo metálico proyectado y el apoyo nº 90 existente (matrícula ASJXAXT3) de hormigón tipo FL-HV-1600/12-T1-CAII.

• En sustitución del CT Carballal, se proyecta la instalación de un centro de transformación prefabricado de hormigón, compacto de maniobra exterior, de 400 kVA de potencia, relación de transformación 20/0,4-0,23 kV y configuración de celdas 2L+1P, telecontrolado y dotado de equipamiento de telegestión y cuadro de baja tensión (CBT) con cuatro (4) salidas, que se situará en la parcela con referencia catastral 9695102NJ6299N0001KJ, en el lugar del Carballal, y dispondrá de acceso directo a la calle Gándara de Arriba.

• Línea eléctrica de media tensión soterrada, a 20 kV, de 50 metros de longitud en conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 3(1×240 mm2 Al), con origen en el paso aéreo-soterrado (PA/S), que se instalará en el nuevo apoyo metálico proyectado y finalice en empalmes hechos en la nueva arqueta proyectada delante del CT Carballal por desmantelar sobre a LMTS autorizada en el expediente IN407A 1999/86-1, tras entrar y salir en el nuevo CT proyectado.

4. De lo visto en la visita realizada el 3.10.2025 no se observa ninguna limitación de las indicadas en el artículo 161.1 del Real decreto 1955/2000 para imponer servidumbres de paso.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

Conforme con todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

B) Las instalaciones deberán obtener la autorización de explotación antes de 1 de enero de 2026, según lo indicado en el artículo 13.9.a) del Reglamento (UE) 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consello, de 7 de febrero de 2024, salvo que se justifique alguna de las excepciones indicadas en el mencionado artículo 13.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, previa audiencia a la persona interesada, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se les notifica a las personas interesadas esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 13 de octubre de 2025

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados

Nº parcela

Paraje

Referencia catastral

Cultivo

Propietaria

Afección de suelo en pleno dominio

CT/nº de apoyo

m2

1

Avenida San Sadurniño

9695102NJ6299N0001KJ

Urbano. Suelo sin edificar

Fidelina López Romeo

CT y acera perimetral

24,6