El artículo 43 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, establece que el personal del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia estará formado tanto por personal de carácter profesional de servicios que realicen alguna actividad relacionada con la gestión de riesgos y de emergencias como por personal voluntario de entidades u organizaciones públicas o privadas sin ánimo de lucro que tengan como fin la protección de las personas, de los bienes y del medio ambiente en situaciones de gestión de riesgos y de emergencias. Según el artículo 44 de la citada ley, este personal se organizará en grupos operativos.
Por la Resolución de 2 de agosto de 2010 se publicó el Plan territorial de emergencias de Galicia (Platerga), donde se establecen la estructura de dirección y coordinación y las unidades organizativas para hacer frente de una manera coordinada a las emergencias que puedan producirse en Galicia derivadas de riesgos naturales, tecnológicos o antrópicos.
Aprobado el programa anual de actividades para el año 2025 de la Academia Gallega de Seguridad Pública (Agasp) conforme a lo establecido en el artículo 46 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, y en la Ley 1/2007, de 15 de enero, de la Agasp, se anuncia la convocatoria de los cursos sobre formación en desfibrilación semiautomática externa (DESA) para personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia, correspondientes al segundo semestre del año 2025, cuyas bases y características se especifican en el anexo de esta resolución.
A Estrada, 28 de octubre de 2025
Santiago Villanueva Álvarez
Director general de la Academia Gallega de Seguridad Pública
ANEXO I
Bases
Primera. Actividades formativas
Las actividades formativas serán las que se especifican en el anexo II de esta resolución, en el cual se indican también, en su caso, el número de ediciones por curso, lugar de celebración, número de horas lectivas, número de plazas, fechas de realización y horarios de los distintos cursos.
En su caso, las personas seleccionadas en las diferentes actividades formativas serán notificadas por correo electrónico de cualquier otra información necesaria.
Segunda. Objetivos y contenido de las actividades formativas
Objetivos: adquirir la formación necesaria para la utilización y el manejo de los desfibriladores externos, a fin de conseguir:
1. Aumentar las tasas de supervivencia en los pacientes con muerte súbita, consiguiendo un acceso precoz a un sistema de emergencias médicas.
2. Acortar los tiempos para realizar reanimación cardiopulmonar y la desfibrilación precoz.
Contenido: en el curso se tratarán los siguientes temas:
• Introducción.
• RCP básica. Recuerdo.
• Conocimiento teórico del DESA.
• Recogida de datos (Utstein). Mantenimiento del aparato.
• Ejercicios prácticos:
– RCP básica.
– Práctica DESA.
– RCP + DESA (megacode).
Tercera. Destinatarios/as
Personal voluntario de agrupaciones de voluntarios de protección civil (AVPC) de los ayuntamientos de Galicia.
Este personal forma parte del Sistema integrado de protección civil y emergencias de Galicia (artículos 43 y 44 de la Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia).
Cuarta. Requisitos de participación de los/las solicitantes
1. Requisitos generales:
a) Haber superado el curso básico de protección civil.
b) Ser mayor de edad.
c) Estar como voluntario/a activo/a en la correspondiente AVPC.
La agrupación/asociación de voluntarios de protección civil a la que pertenezca el/la solicitante deberá estar inscrita reglamentariamente en el Registro de Agrupaciones de Voluntarios de Protección Civil de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. Requisitos físicos/psíquicos: los/las solicitantes deberán acreditar que no padecen enfermedad ni están afectados/as por limitación física o psíquica incompatible con la realización de las acciones formativas o con el desempeño de las funciones correspondientes al curso a que se opta, mediante declaración que se efectuará junto con la solicitud de matrícula en el curso, y será obligación de cada alumno/a poner en conocimiento de la Agasp cualquier alteración relacionada con ella.
Quinta. Solicitudes
a) El personal que desee participar en los cursos convocados en esta resolución deberá cubrir el formulario de matrícula telemática disponible en la página web de la Agasp (http://agasp.xunta.gal); no se admitirá ninguna otra forma o modelo de solicitud.
Es preciso que todas las personas que deseen participar en cursos de la Agasp mantengan actualizados sus datos personales, especialmente la cuenta de correo electrónico y el teléfono móvil, al objeto de posibles comunicaciones. En el supuesto de no ser correctos o exactos tales datos, la Agasp no se hace responsable de los posibles perjuicios causados a los interesados.
b) Las personas que no sean usuarias de la página web de la Agasp deberán previamente darse de alta en ella, para lo cual es necesario facilitar una cuenta personal de correo electrónico.
c) En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información, podrán dirigirse a la Agasp a través de los números de teléfono 886 20 61 37, 886 20 61 38 y 886 20 61 11 o de la dirección de correo electrónico formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, que adoptará las medidas necesarias para facilitar la presentación de solicitudes.
d) La falsedad u ocultación de datos esenciales para la selección de las personas aspirantes dará lugar a la exclusión automática del curso solicitado, así como a la imposibilidad de participar en ningún otro curso durante el plazo de un año computado desde el momento en que se detecte el hecho.
e) Serán excluidas automáticamente aquellas solicitudes que no tengan cubiertos correctamente todos los datos para realizar la selección del alumnado, no se ajusten al modelo normalizado o sean presentadas fuera de plazo.
f) Si el número de solicitudes para participar en un curso no supera el 50 % por encima de las plazas convocadas, a Agasp se reserva la facultad de anular la actividad formativa.
Sexta. Plazo de inscripción
El plazo de inscripción será hasta el 14 de noviembre de 2025 a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
En caso de que no haya un suficiente número de solicitantes que reúnan los requisitos del curso, podrá completarse el alumnado asignado a este mediante la apertura de un nuevo plazo público de presentación de solicitudes en la página web de la Agasp, con la antelación posible en función de la fecha del curso y para que tenga lugar una adecuada selección de las personas candidatas.
Séptima. Criterios generales de selección
Los criterios generales de selección son los que a continuación se relacionan y en el orden indicado, sin perjuicio de que algunos cursos requieran criterios específicos, los cuales se indicarán en la ficha de cada acción formativa concreta publicada en la página web de la Agasp http://agasp.xunta.gal
1°. De acuerdo con el artículo 155 de la Ley 7/2023, de 30 de noviembre, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres de Galicia, en los cursos, jornadas u otras actividades formativas en las que las mujeres estén infrarrepresentadas, organizados o financiados por la Administración general o una entidad del sector público autonómico de Galicia, se reservará un 50 por ciento de las plazas para mujeres que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. Las mujeres solo accederán a este turno reservado una vez cubiertas todas las plazas del turno no reservado.
2°. Se reservará un 40 por ciento de las plazas para las personas con residencia en el ayuntamiento donde se realice el curso.
3° Tienen preferencia las personas con residencia en la provincia donde se realice el curso.
4°. Tienen preferencia las personas con menos cursos hechos en la Agasp en los últimos dos años.
5°. Tienen preferencia las solicitudes por orden de presentación.
Cuando en el proceso de selección no se completaran las reservas establecidas en los apartados 1º y 2º, dichas reservas, de existir suficiente número de solicitantes, se completarán con el resto de solicitudes.
Únicamente serán seleccionadas aquellas personas que no hayan realizado el curso solicitado en los últimos dos años.
Octava. Admisión
A Agasp publicará en su página web http://agasp.xunta.gal una relación de las personas seleccionadas para participar en cada curso, así como un número adecuado de reservas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
El alumnado seleccionado será informado de su selección a través del correo electrónico y también, para quien facilite un número de teléfono móvil, a través de mensaje telefónico.
El alumnado seleccionado solo podrá renunciar al curso por causas de fuerza mayor suficientemente justificadas.
La renuncia se deberá comunicar por escrito a la Agasp, por correo electrónico a la dirección formacion.emerxencias.agasp@xunta.gal, y con una antelación mínima de tres días hábiles al del inicio del curso, con fines de poder cubrir la vacante. De no comunicar la renuncia, la persona seleccionada será penalizada con la no admisión en cursos de la Agasp durante el plazo de (6) meses. En el supuesto de reincidencia en más de un curso, el plazo será de doce (12) meses.
La Agasp se reserva el derecho de solicitar todos aquellos datos que considere necesarios para la adecuada realización de la selección.
Novena. Uniformidad
Es obligatorio asistir al curso con el uniforme de trabajo. Las personas que incumplan esta norma podrán ser dadas de baja en la actividad.
Décima. Derechos y deberes del alumnado participante
Durante el desarrollo de la actividad, al alumnado le será de aplicación, en cuanto a los derechos y deberes, lo previsto en el Reglamento de régimen interior de la Agasp.
Undécima. Faltas de asistencia
El Reglamento de régimen interior de la Agasp regula, en su artículo 16, las faltas de asistencia en los cursos:
1. La realización de las actividades comprendidas en el programa del curso es obligatoria; la no realización de las mismas deberá justificarse debidamente y se penalizarán disciplinariamente en caso contrario.
2. La asistencia a la formación, tanto en la parte teórica como en la parte práctica, es obligatoria para el alumnado durante toda la carga horaria, no pudiendo ausentarse si no es por una causa de fuerza mayor y justificada documentalmente.
3. Las faltas de asistencia por una causa de fuerza mayor no podrán superar en ningún caso el 10 % de las horas presenciales y/o telepresenciais. En todo caso, las faltas de asistencia deberán justificarse documentalmente ante las personas responsables de la actividad formativa de la Agasp, en un plazo máximo de quince (15) días contados a partir del día de la finalización de esta actividad. Las personas que incumplan lo dicho anteriormente perderán el derecho al certificado de participación en la actividad formativa.
4. El alumnado que, por enfermedad o alguna otra causa justificada, pierda más del 10 % del curso, será declarado no apto y podrá incorporarse al curso siguiente o cuando la causa determinante se lo permita.
Duodécima. Certificado de aprovechamiento
Al finalizar la actividad se entregará un certificado de aprovechamiento a aquellas personas que acrediten su participación continuada y superen la prueba final.
Para superar el curso de desfibrilación externa semiautomática (DESA), los/las alumnos/as deberán obtener en la prueba final un mínimo del 75 % de la puntuación máxima, dicha prueba final constará de 25 preguntas.
Decimotercera. Facultades de la Agasp
La Agasp podrá modificar, sin necesidad de nueva publicación, el desarrollo normal de la actividad para adaptarla a las necesidades de la Administración y a las contingencias que puedan surgir.
La Agasp también podrá, sin necesidad de nueva publicación, suprimir el curso, cambiar las fechas y el lugar de celebración del mismo, ampliar nuevas ediciones o plazas de este, o suspenderlo, cuando así venga exigido por circunstancias que afecten a su organización o docencia; específicamente, se podrá suprimir el curso cuando el alumnado admitido antes de la fecha de inicio del mismo no supere el 50 % de las plazas convocadas.
Asimismo, se faculta al director general para dictar resolución, sin necesidad de nueva publicación, para interpretar, en su caso, el desarrollo de la convocatoria o docencia.
ANEXO II
Cursos sobre formación en desfibrilación semiautomática externa (DESA) para personal de las agrupaciones de voluntarios/as de protección civil de la Comunidad Autónoma de Galicia
|
Denominación del curso |
Modalidad |
Provincia |
Lugar |
Horas lectivas |
Plazas |
Fechas |
|
Desfibrilación externa semiautomática |
Presencial |
A Coruña |
A Coruña |
5 |
24 |
13 de diciembre |
|
Desfibrilación externa semiautomática |
Presencial |
Lugo |
Triacastela |
5 |
24 |
23 de noviembre |
|
Desfibrilación externa semiautomática |
Presencial |
Lugo |
Chantada |
5 |
24 |
29 de noviembre |
|
Desfibrilación externa semiautomática |
Presencial |
Ourense |
Ourense |
5 |
24 |
13 de diciembre |
