La Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica a Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, en su disposición adicional decimoprimeira, apartado primero, en la redacción dada por la Ley orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la formación profesional, regula la integración del profesorado del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria.
En desarrollo de la Ley orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, se dictó el Real decreto 800/2022, de 4 de octubre, que regula la integración del profesorado del cuerpo, a extinguir, de profesores técnicos de formación profesional en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria, modifica diversos reales decretos relativos al profesorado de enseñanzas no universitarias y constituye el marco común básico normativo de la regulación del procedimiento para la integración de profesorado del cuerpo de profesores técnicos de formación profesional, a extinguir, en el cuerpo de profesores de enseñanza secundaria que van a desarrollar las diferentes administraciones educativas competentes, determinando los requisitos, los efectos y el procedimiento para ejecutar dicha integración.
A efectos de dar cumplimiento al mandato de desarrollo del procedimiento de integración que establece el citado real decreto, la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades, mediante la Orden de 17 de enero de 2023 realizó una nueva convocatoria de procedimiento para que el profesorado del cuerpo, a extinguir, de profesorado técnico de formación profesional se integre en el cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria (código de procedimiento ED021A) (DOG núm. 18, de 26 de enero).
La citada orden tiene por objeto convocar un procedimiento abierto que comprende desde el 27 de enero de 2023 hasta el 19 de enero de 2026 para que el profesorado funcionario de carrera del cuerpo, a extinguir, de profesorado técnico de formación profesional, que reúna los requisitos y cumpla las condiciones establecidas en la citada orden, pueda integrarse en el cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria, de conformidad con la normativa básica establecida por el Real decreto 800/2022, de 4 de octubre.
Posteriormente, mediante la Resolución de 22 de septiembre de 2025, la comisión designada en este procedimiento como órgano de instrucción previsto en la base octava de la citada orden resuelve, entre otros términos, de conformidad con las atribuciones conferidas en la base novena de dicha orden, aprobar y publicar la propuesta de integración en el cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria de aquellas personas que se relacionan en el anexo I de la citada resolución, así como elevar la citada propuesta al órgano de resolución, esto es, la persona titular de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, con respecto a las solicitudes formuladas en el marco del procedimiento ED021A en el período que comprende desde el 21 de mayo de 2025 hasta el 20 de agosto de 2025, convocado mediante la Orden de 17 de enero de 2023.
Conforme a lo que antecede y a efectos de dar cumplimiento a la base decimosegunde la Orden de 17 de enero de 2023, y a la vista de la propuesta de la comisión designada efectuada mediante la Resolución de 22 de septiembre de 2025, esta Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional
DISPONE:
Primero. Acoger, en todos sus términos, la propuesta efectuada por la comisión designada mediante la Resolución de 22 de septiembre de 2025.
Segundo. Declarar, al personal funcionario de carrera del cuerpo, a extinguir, de profesorado técnico de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Galicia que se relaciona en el anexo I de esta orden, el derecho a la integración en el cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria en la especialidad y en la fecha de efectividad que se detalla en el citado anexo.
Tercero. Facultar a la persona titular de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos para adoptar todas las medidas que sean precisas para el correcto desarrollo de esta orden.
Cuarto. Contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, ante la persona titular de la Consellería de Educación, Ciencia, Universidades y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el juzgado de lo contencioso-administrativo que resulte competente, conforme a lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 2025
Román Rodríguez González
Conselleiro de Educación, Ciencia,
Universidades y Formación Profesional
ANEXO I
Relación definitiva de personas solicitantes propuestas en el procedimiento de integración para integrarse en el cuerpo de profesorado de enseñanza secundaria
Orden de 17 de enero de 2023 (código de procedimiento ED021A)
(DOG núm. 18, de 26 de enero)
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DNI |
Apellidos y nombre |
Especialidad propuesta para la integración en el cuerpo de PES |
Fecha de efectividad |
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***4517** |
Pampín Castro, Alejandro |
590223-Producción Artes Gráficas |
17.6.2025 |
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***8042** |
Villalba López, Iván |
590228-Soldadura |
15.7.2025 |
