Primero. La Orden de 27 de junio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas Bonos Talento empresa, para la realización de proyectos formativos de corta duración que desarrollen las entidades beneficiarias, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para las anualidades de 2025 y 2026, establece en el artículo 14 que el procedimiento de concesión de esta subvención se tramitará y se resolverá en régimen de concurrencia no competitiva, hasta el agotamiento del crédito presupuestario. En su caso, según lo establecido en el artículo 16 de las bases reguladoras, el agotamiento del crédito se publicará en el Diario Oficial de Galicia, producirá la imposibilidad de continuar otorgando subvenciones al amparo de la misma y constituirá motivación suficiente para la denegación del resto de subvenciones no concedidas.
Segundo. Dicha orden establece en su artículo 14.1 que la instrucción y resolución de las solicitudes se efectuará siguiendo el orden correlativo de entrada en el registro electrónico de la Xunta de Galicia y hasta el límite de dotación presupuestaria, en su caso, salvo que aquellas tuvieran que ser objeto de corrección por no reunir los requisitos o no acompañarse de la documentación requerida, para lo que se considerará, en el orden de prelación que se siga para su resolución, la fecha en que las solicitudes reúnan los requisitos y/o documentación requerida, una vez subsanada la ausencia o insuficiencia que, en su caso, haya apreciado el órgano convocante.
Tercero. El artículo 5 de la orden de convocatoria establece el crédito destinado a estas subvenciones, por importe total de 2.000.000 €, de los cuales 600.000 € corresponden a la anualidad de 2025 y 1.400.000 € a la anualidad de 2026, con la siguiente distribución por aplicaciones presupuestarias:
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Aplicación presupuestaria |
Anualidad 2025 |
Anualidad 2026 |
Total |
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14.03.323B.470.0 |
600.000 € |
1.400.000 € |
2.000.000 € |
Cuarto. La disposición final primera de la Orden de 27 de junio de 2025 establece que se faculta a la persona titular de la Dirección General de Formación y Cualificación para el Empleo para dictar, en el ámbito de sus competencias, las resoluciones e instrucciones necesarias para el desarrollo y cumplimiento de esta orden. En virtud de lo anterior, la persona titular de la Dirección General de Formación y Cualificación para el Empleo
RESUELVE:
Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del agotamiento del crédito de la anualidad de 2025 indicado en el punto tercero, al amparo del procedimiento TR302D, de la Orden de 27 de junio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas Bonos Talento empresa, para la realización de proyectos formativos de corta duración que desarrollen las entidades beneficiarias, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se procede a su convocatoria para las anualidades de 2025 y 2026.
La última solicitud que se pudo conceder antes del agotamiento del crédito de la anualidad de 2025 fue la correspondiente al expediente TR302D-2025-00000067-00, que reunió los requisitos y/o documentación requerida, en los términos recogidos en el artículo 14 de las bases reguladoras, el día 10.9.2025 a las 10.44.42 horas.
Dado que el crédito de la anualidad de 2026 aún no se agotó, podrían concederse aquellas solicitudes de acciones formativas que pudieran impartirse con cargo al ejercicio presupuestario de 2026, aunque la fecha de presentación fuera posterior a la indicada en el párrafo anterior.
Santiago de Compostela, 5 de noviembre de 2025
Zeltia Lado Lago
Directora general de Formación y Cualificación para el Empleo
