DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 219 Miércoles, 12 de noviembre de 2025 Pág. 58422

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

ORDEN de 6 de noviembre de 2025 por la que se hace pública la ampliación del plazo de justificación establecido en el artículo 17.3 para la concesión de las ayudas del Programa I (código de procedimiento TR350E) establecido en la Orden de 13 de agosto de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la colaboración con entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para el año 2025 (códigos de procedimiento TR350E y TR349Z).

Mediante la Orden de 13 de agosto de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la colaboración con entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para el año 2025 (códigos de procedimiento TR350E y TR349Z).

Respecto del Programa I, contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil por entidades locales, cofinanciada por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027 (código de procedimiento TR350E), el artículo 17.3 de la referida orden establece que el plazo para justificar la ayuda por parte de las personas beneficiarias de documentación justificativa finaliza el 30 de noviembre de 2025.

Teniendo en cuenta el complejo proceso de selección de las personas a contratar por parte de las entidades locales, con el fin permitir la correcta justificación de las ayudas concedidas, y dado que non se causa perjuicio a terceros, procede modificar el plazo establecido en el artículo 17.3 de las bases reguladoras para ampliar el plazo de justificación hasta una fecha que permita la correcta aportación de la documentación justificativa de la subvención por parte de las entidades locales, no causando con ello perjuicio a terceros.

Por todo lo anterior, sobre la base de los requisitos y condiciones previstos en la normativa anteriormente citada y teniendo en cuenta todo lo expuesto,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación del plazo de justificación del artículo 17.3 de la Orden de 13 de agosto de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la colaboración con entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para o año 2025 (códigos de procedimiento TR350E y TR349Z)

Se amplía la fecha límite para justificar la ayuda por parte de las entidades locales prevista en el artículo 17.3 de la Orden de 13 de agosto, que será la que se señale en la resolución de concesión y, como máximo, el 15 de diciembre de 2025.

Artículo 2. Plazo de solicitudes

Esta modificación no afecta a los plazos establecidos para la presentación de solicitudes en la Orden de 13 de agosto de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la contratación de personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, a través de la colaboración con entidades locales y organismos intermedios sin ánimo de lucro, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del Programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para el año 2025 (códigos de procedimiento TR350E y TR349Z).

Disposición final. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 6 de noviembre de 2025

José Vázquez González
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración