El Pleno de la Corporación, en la sesión ordinaria de 30 de julio de 2025, acordó aprobar definitivamente el Plan parcial SUND-12 área mixta terciaria/industrial Portoameneiro, de julio de 2025 (reg. entrada nº 202599900002155, de 3.7.2025 y nº 2828, de 4.7.2025), promovido de oficio por el Ayuntamiento de Teo y redactado por Abtemas, S.L., estimando parcialmente las alegaciones presentadas por José Alberto G. B., en nombre propio y en representación de María Elena B. F., el 9.4.2024 (reg. entrada nº 202499900000984 y nº 202499900000985), en ambos casos con base en las consideraciones recogidas en el apartado 3 del resumen ejecutivo del Plan parcial. Se da por extinguida la suspensión del procedimiento de otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición en el ámbito del citado plan parcial, de conformidad con los artículos 47.2 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia (LSG), y 86.2 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la citada ley (RLSG).
De acuerdo con los artículos 82.3 de la LSG y 199.3 del RLSG se publica en el Boletín Oficial de la provincia el documento que contiene la normativa y las ordenanzas.
El acuerdo plenario que aprueba definitivamente el Plan parcial, así como el texto del citado plan aprobado definitivamente, se encuentran disponibles en la sede electrónica del Ayuntamiento de Teo:
https://sede.teo.gal/sxc/gl/informacion/tablon/2025/ANUNCIO_PROG_20251014133010089.html
Contra el acuerdo de aprobación definitiva, que pone fin a la vía administrativa y que aprueba una disposición de carácter general, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 84.1 de la LSG, 201.1 del RLSG, 112.3 de la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y 10 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se considere procedente.
Teo, 14 de octubre de 2025
Lucía Calvo de la Uz
Alcaldesa
