El Pleno del Ayuntamiento de Cambados, en sesión extraordinaria urgente celebrada el día 17 de octubre de 2025, adoptó, por unanimidad, el siguiente acuerdo:
Primero. Aprobar definitivamente el Plan especial de ordenación portuaria (PEOP) del Puerto de San Tomé-Tragove, fechado en octubre de 2025, consistente en los siguientes documentos con huella digital:
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Documento en soporte digital no editable (pdf) |
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– F46024D177E6B96951CC1AF30A05DD7F8457952D519368DC940A8C15D85FE68Ah |
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Documento en soporte digital editable |
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– 2EC6DBFC7F1BB7E92AE9C9DA8112DD87940B76EFA5AF07F3BA1D2F0380BAC822h |
Segundo. Publicar la aprobación definitiva en el Diario Oficial de Galicia, a los efectos de lo establecido en el artículo 82 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. Esta publicación deberá realizarse en el plazo de un mes desde la adopción de la aprobación definitiva.
Igualmente, junto a la publicación de este acuerdo, se publicará la indicación de las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en medio ambiente de la aplicación del plan y la referencia a la dirección electrónica en la que figurará el contenido íntegro del plan a disposición del público.
Tercero. Comunicar el acuerdo de aprobación definitiva, en virtud del artículo 88 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, a la consellería competente en materia de urbanismo, para su inscripción en el Registro de Plan Urbanístico de Galicia, adjuntando un ejemplar en soporte digital, debidamente diligenciado.
Cuarto. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva así como el articulado de las normas del PEOP en el Boletín Oficial de la provincia de Pontevedra, de conformidad con el señalado en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.
Quinto. Declarar extinguida la suspensión del otorgamiento de licencias, adoptada en el acuerdo de aprobación inicial del Plan especial de ordenación portuaria del puerto de San Tomé-Tragove, por la Junta de Gobierno Local en sesión extraordinaria en fecha 4.3.2021 (artículo 47.2 de la LSG y artículo 86.2 del RLSG).
Sexto. Notificar individualmente la aprobación definitiva del plan especial a todas las personas titulares catastrales de los terrenos afectados a las que ya se les notificó la aprobación inicial del mismo, de conformidad con el artículo 186.4 del Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia, aprobado por el Decreto 143/2016, de 22 de septiembre.
El presente anuncio se publica a los efectos de lo dispuesto en el apartado segundo de la parte dispositiva del acuerdo de aprobación definitiva y el contenido íntegro del Plan especial y la indicación de las medidas adoptadas para el seguimiento de los efectos en medio ambiente de la aplicación del plan, podrá consultarse en el Portal de transparencia de sede electrónica del Ayuntamiento de Cambados:
https://cambados.sedelectronica.gal/transparency/c299894d-bbf8-4c28-9b48-a4c8309b07cd/
Contra este acuerdo, con carácter de disposición administrativa de carácter general, se puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia (artículo 84.1 de la Ley del suelo de Galicia, y artículo 201.1 de su reglamento), en el plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se entienda más procedente y sea conforme a derecho.
Cambados, 22 de octubre de 2025
Samuel Lago Ozón
Alcalde
