Por Resolución de 30 de septiembre de 2025, de la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático, se otorgó la declaración de utilidad pública, en concreto, de las instalaciones relativas al proyecto del parque eólico Somozas, sito en el ayuntamiento de As Somozas (A Coruña) y promovido por Energías Ambientales de Somozas, S.A. (DOG núm. 194, de 8 de octubre de 2025).
Esta declaración de utilidad pública, según lo previsto en el artículo 56 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, implica la necesidad de ocupar los bienes o adquirir los derechos afectados y su urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954.
En virtud de lo anterior, este departamento territorial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, acuerda convocar a todas las personas afectadas incluidas en la relación de bienes y derechos afectados con las que no se alcanzó acuerdo, deducida de la publicada mediante Resolución de 30 de septiembre de 2025. Dicha relación permanecerá expuesta, a los efectos oportunos, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de As Somozas, así como en la página web oficial de esta consellería (https://medioambiente.xunta.gal/enerxias-renovables/outros-anuncios).
A tal efecto, deberán comparecer los días 15 y 16 de enero de 2026, en el Ayuntamiento de As Somozas, designado como punto de encuentro, a fin de llevar a cabo el levantamiento de actas previas a la ocupación, conforme al procedimiento establecido en el citado artículo.
Esta convocatoria será comunicada individualmente a las personas interesadas mediante citación, en la que se indicarán expresamente el día y la hora asignados para el levantamiento de actas previas a la ocupación. Asimismo, las fechas previstas estarán expuestas en el tablón de anuncios del citado ayuntamiento.
Todas las personas interesadas, así como aquellas que tengan cualquier tipo de derechos o intereses sobre los bienes afectados, deberán comparecer personalmente o estar representadas por una persona debidamente autorizada y aportando los documentos que acrediten su titularidad, y podrán ir acompañadas de sus peritos y de un notario por cuenta propia.
A Coruña, 6 de noviembre de 2025
Mª Pilar Arias Graña
Directora territorial de A Coruña
