DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 226 Viernes, 21 de noviembre de 2025 Pág. 60256

IV. Oposiciones y concursos

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 12 de noviembre de 2025 por la que se modifica la composición del tribunal calificador de las pruebas selectivas para cubrir dos plazas de la categoría profesional de arquitecto/a, por el turno de acceso libre.

Mediante la Resolución de 22 de agosto de 2025 (DOG de 9 de septiembre y BOE de 29 de septiembre) se convocaron pruebas selectivas para cubrir dos plazas de la categoría profesional de arquitecto/a de la USC, por el turno de acceso libre, y mediante la Resolución de 28 de octubre de 2025 (DOG de 5 de noviembre) se nombra el tribunal calificador de dichas pruebas selectivas.

En la base 5.3 de la Resolución de 22 de agosto de 2025 se dispone que la autoridad convocante publicará en el Diario Oficial de Galicia resolución por la que se nombran los nuevos miembros que tengan de sustituir a los que perdiesen su condición por alguna de las causas previstas.

De conformidad con la mencionada base, el rector

RESUELVE:

Primero. Aceptar la renuncia presentada por José Rodríguez Dopazo, funcionario de carrera de la escala facultativa de archivos, bibliotecas y museos de la USC, nombrado secretario titular del tribunal calificador.

Segundo. Nombrar a Silvia María Moreira Figueiras, funcionaria de carrera de la escala técnica superior de la USC, como secretaria titular en sustitución de José Rodríguez Dopazo.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

No obstante, las personas interesadas podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo indicado mientras no se dicte resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo del artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 12 de noviembre de 2025

Antonio López Díaz
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela