Visto que, en el citado personal y correspondiente relación de puestos de trabajo, figuran vacantes y dotadas presupuestariamente diversas plazas, cuya cobertura se considera necesaria en el presente ejercicio para el buen funcionamiento de los servicios municipales.
Visto el informe de Secretaría e Intervención y considerando que la propuesta fue objeto de negociación con las organizaciones sindicales más representativas, por aplicación de lo dispuesto en los artículos 36.3, 37.1.c) y 37.1.l) del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (TREBEP).
Considerando que la aprobación de la oferta de empleo público corresponde a la Alcaldía, se aprobó la OEP 2025 mediante la Resolución de la Alcaldía 889/2025, de 8 de octubre de 2025.
Advertido error en el grupo de las plazas de auxiliares de dicha OEP, en virtud de lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015 y en el artículo 22.1.h) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del régimen local,
RESUELVO:
Primero. Corregir la Resolución de la Alcaldía 889/2025, de 8 de octubre de 2025, de aprobación de la oferta de empleo público de este ayuntamiento para el año 2025, que contiene los siguientes puestos de trabajo, en los siguientes términos:
Funcionarios de carrera:
|
Grupo |
Escala |
Subescala |
Código RPT |
Núm. vacantes |
Denominación |
|
C2 |
Admón. general |
Auxiliar |
1005 |
1 |
Auxiliar administrativo |
|
C2 |
Admón. general |
Auxiliar |
5105 |
1 |
Auxiliar administrativo servicios sociales |
|
C1 |
Admón. especial |
Servicios especiales |
7104 |
1 |
Agente policía local |
Segundo. Publicar la oferta de empleo público en la sede electrónica de este ayuntamiento y en el Diario Oficial de Galicia para general conocimiento e interposición de los recursos que, en su caso, las persoas interesadas consideren oportuno.
Tercero. Contra esta resolución las persoas interesadas podrán interponer, alternativamente, o recurso de reposición potestativo ante la Alcaldía, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los juzgados de lo contencioso-administrativo de Carballo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a esta publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Asimismo, podrán ejercer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Coristanco, 31 de octubre de 2025
Juan Carlos García Pose
Alcalde
