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Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 229 Miércoles, 26 de noviembre de 2025 Pág. 60974

III. Otras disposiciones

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

DECRETO 107/2025, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Tomiño de un tramo intermedio de la carretera PO-552 de 1.030 metros de longitud, junto con su dominio público viario (DPV).

El artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia (LCG), dispone que los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de estas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

El artículo 9.7 de la LCG recoge que los cambios de titularidad podrán comprender carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El artículo 18.11 del Reglamento general de carreteras de Galicia (RGCG) dispone que los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forma parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos, que proporcione un nivel de servicio cuando menos equivalente.

El Ayuntamiento de Tomiño solicita a la Agencia Gallega de Infraestructuras el cambio de titularidad de un tramo de la carretera PO-552, que discurre por la parroquia de Goián (tramo entre la avenida Ordóñez (p.k. 56+690) y la glorieta de la PO-553 (p.k. 57+740).

La carretera PO-552 recorre el ayuntamiento de Tomiño desde el p.k. 55+550 hasta el p.k. 70+040, conectando dos nudos del sistema urbano intermedio establecido por las directrices de ordenación del territorio (DOT): A Guarda (subcabecera del sistema urbano intermedio) y Tui (cabecera del sistema urbano intermedio).

Desde el punto kilométrico 48+490 al punto kilométrico 57+740, la carretera PO-552 tiene categoría funcional de red local. El CG-4.2, con clasificación técnica de vía para automóviles y categoría funcional de red estructurante, actúa como alternativa viaria a la PO-552, proporcionando un mayor nivel de servicio. Además, entre el p.k. 55+860 y el p.k. 57+200, la carretera PO-552 discurre por suelo clasificado como urbano por el instrumento de planeamiento vigente en el Ayuntamiento de Tomiño (núcleo urbano de Goián), presentando un marcado carácter local y urbano.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con los informes emitidos por los servicios competentes, formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1, corrigiendo el p.k. inicial solicitado por el Ayuntamiento de Tomiño al p.k. 56+680 y estableciendo el p.k. final en el 57+710, de manera que quede fuera de la transferencia la isla central del ramal de entrada a la rotonda con el CG-4.2 y con la PO-553.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, por propuesta de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en la reunión del día once de noviembre de dos mil veinticinco,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Tomiño de un tramo intermedio de la carretera PO-552, junto con su dominio público viario, conforme a los siguientes datos:

Carretera

Denominación

Inicio

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29)

Final

Coordenadas UTM (ETRS89 huso29)

Long. (m)

PO-552

Goián (avda. Ordóñez) -

Rotonda CG-4.2/PO-552

p.k. 56+680 (Int. Av.

Ordóñez)

X = 518.596

Y = 4.643.949

p.k. 57+710

(Rotonda PO-553)

X = 519.304

Y = 4.644.667

1.030

Modificar, en aplicación del artículo 10.6.a) de la LCG, el Catálogo de la Red autonómica de Carreteras de Galicia, aprobado por el Decreto 100/2021, de 24 de junio, suprimiendo este tramo de la carretera PO-552 del Catálogo, que queda reflejado con los siguientes datos:

Clave

Denominación

Tramo

P.K.i

P.K.f

Longitud tramo (km)

Longitud total (km)

Categoría funcional

Clase de carretera

Provincia

PO-552

Vigo (avda. do Alcalde

Portanet)-Tui (N-551)

Vigo (Avda.do Alcalde Portanet)-Sabarís (AG-57)

0+000

14+230

14,23

70,18

Estructurante

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-552

Vigo (avda. do Alcalde

Portanet)-Tui (N-551)

Sabarís (AG-57)- A Ponte (AG-57)

14+230

18+760

4,53

70,18

Local

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-552

Vigo (avda. do Alcalde

Portanet)-Tui (N-551)

A Ponte (AG-57)- A Guarda (CG-4.2)

18+760

48+490

29,73

70,18

Complementaria

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-552

Vigo (avda. do Alcalde

Portanet)-Tui (N-551)

A Guarda (CG-4.2)- Goián oeste (avda. Ordóñez)

48+490

56+680

8,19

70,18

Local

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-552

Vigo (avda. do Alcalde

Portanet)-Tui (N-551)

Goián este- Goián (PO-553)

57+710

57+740

0,03

70,18

Local

Carretera

convencional

Pontevedra

PO-552

Vigo (avda. do Alcalde

Portanet)-Tui (N-551)

Goián (PO-553)- Tui (N-551)

57+740

71+210

13,47

70,18

Estructurante

Carretera

convencional

Pontevedra

El documento del Catálogo y sus modificaciones pueden consultarse en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la LCG, el Ayuntamiento de Tomiño deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad al que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la LCG, el cambio de titularidad será efectivo el día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.

Esta acta de entrega y sus planos podrán consultarse en la página web de la Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras:

https://vivendaeinfraestruturas.xunta.gal/estradas/rede-autonomica/raega

Artículo 4

Corresponden al Ayuntamiento de Tomiño, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del tramo transferido, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquiera otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, once de noviembre de dos mil veinticinco

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

María Martínez Allegue
Conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras