DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Viernes, 28 de noviembre de 2025 Pág. 61527

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de A Coruña

ANUNCIO del acuerdo de la modificación puntual del Plan parcial del sector 7, recinto ferial de Someso (expediente 631/2024/227).

El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión ordinaria celebrada el 6.11.2025, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Primero. Tomar conocimiento y atender el requerimiento de la Dirección General de Urbanismo recibido el 19.8.2025, con el CVE RuvH4xHNghl7, y a la vista de este, de la necesidad de efectuar la aprobación provisional de la modificación puntual de este plan parcial incorporado al planeamiento vigente.

Segundo. Iniciar el procedimiento de revisión de oficio previsto en el artículo 106.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, suspender la ejecución del acto de aprobación definitiva acordado por el Pleno del Ayuntamiento de A Coruña en la sesión del 8.5.2025 en virtud de lo dispuesto en el artículo 108 de la mencionada ley, y publicar el acuerdo.

Tercero. Retrotraer el procedimiento al punto inmediatamente anterior a la aprobación provisional, conservando íntegramente las actuaciones previas, de conformidad con lo señalado en el informe de la Dirección General de Urbanismo recibido el 19.8.2025, con el CVE RuvH4xHNghl7.

Cuarto. Aprobar provisionalmente el documento denominado Modificación puntual núm. 3 del Plan parcial del sector 7, recinto ferial de Someso. Normativa. Abril 2025, presentado el 22.4.2025 por Espacio Coruña Shopping, S.L., y firmado digitalmente por el arquitecto Álvaro Fernández Carballada y la arquitecta Beatriz Aneiros Filgueiras.

Quinto. Diligenciar el documento y solicitar de la consellería competente en materia de urbanismo el informe previsto en el apartado 1.b) del artículo 18 de la Ley 1/2019, de 22 de abril, de rehabilitación y de regeneración y renovación urbanas de Galicia.

Sexto. Notificar este acuerdo a la entidad promotora de la modificación puntual y a los servicios y departamentos municipales interesados en la tramitación del expediente.

Séptimo. Facultar a la Alcaldía Presidencia, para la realización de cuantos actos, trámites o gestiones sean procedentes para el buen fin de los acuerdos adoptados».

Contra este acuerdo, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso administrativo de reposición, según la Ley 39/2015, de 1 octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro que se entienda más procedente y sea conforme a derecho.

A Coruña, 21 de noviembre de 2025

La alcaldesa
P.D. (Decreto 3531/2024, de 19 de junio; BOP núm. 123, de 27 de junio)
Francisco Dinís Díaz Gallego
Concejal delegado responsable del
Área de Urbanismo, Rehabilitación y Vivienda