DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 233 Martes, 2 de diciembre de 2025 Pág. 62030

IV. Oposiciones y concursos

Consellería de Hacienda y Administración Pública

RESOLUCIÓN de 24 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, por la que se acuerda la apertura del período de presentación de solicitudes de elección de puestos de trabajo y el procedimiento de la justificación de la posesión de méritos y requisitos del concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo vacantes del cuerpo facultativo superior, escala de facultativos/as, especialidades de medicina, de psicología y de pedagogía; del cuerpo facultativo de grado medio, escala de técnicos/as facultativos/as, especialidades de enfermería, de fisioterapia, de trabajo social, de educador/a social y de terapia ocupacional; del cuerpo de ayudantes de carácter facultativo, escala técnica de gobernantes/as, especialidad gobernante/a; y del cuerpo de auxiliares de carácter técnico, escala de auxiliares de clínica, cuerpos y escalas de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Mediante la Resolución de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal de 8 de julio de 2025 (DOG número 139, de 22 de julio) se convocó el concurso ordinario para la provisión de puestos de trabajo vacantes del cuerpo facultativo superior, escala de facultativos/as, especialidades de medicina, de psicología y de pedagogía; del cuerpo facultativo de grado medio, escala de técnicos/as facultativos/as, especialidades de enfermería, de fisioterapia, de trabajo social, de educador/a social y de terapia ocupacional; del cuerpo de ayudantes de carácter facultativo, escala técnica de gobernantes/as, especialidad gobernante/a; y del cuerpo de auxiliares de carácter técnico, escala de auxiliares de clínica, cuerpos y escalas de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia.

La base VI de la convocatoria establece que «finalizado el período de presentación de solicitudes de participación, se publicará en el DOG la apertura de un plazo de 15 días hábiles para la presentación de las solicitudes de elección de puestos de trabajo».

En el anexo I de dicha resolución se publican los puestos ofertados en el concurso de traslados. Con todo, la Resolución de 18 de noviembre de 2025, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia de 17 de noviembre de 2025, por el que se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración general y de la especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG número 224, de 19 de noviembre), incorpora un requisito indispensable a puestos que comportan un trato repetido, directo y regular y no meramente ocasional con niños, niñas o adolescentes, con arreglo a lo regulado en la Ley orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (BOE número 134, de 5 de junio), que afecta a los puestos ofertados en la convocatoria del concurso.

Junto con lo anterior, el día 19 de noviembre de 2025 se publicó en el DOG la corrección de errores de la Resolución de 24 de febrero de 2025 por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 27 de diciembre de 2024 por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar, alterando la descripción de los puestos de trabajo afectados.

Por otra parte, las medidas cautelares dictadas por el Tribunal Superior de Justicia de Galicia y las ejecuciones de sentencias efectuadas con posterioridad a la publicación de la convocatoria afectan a la oferta de puestos vacantes y, por lo tanto, deben ser retirados de la relación de puestos publicada.

Asimismo, la base VII de la convocatoria del concurso determina que los méritos y los requisitos específicos para el acceso a los puestos deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso.

Del mismo modo, establece que se podrá justificar la posesión de méritos y requisitos hasta el último día del plazo de solicitudes de elección de puestos de trabajo.

Por otro lado, mediante la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, se dictan las instrucciones para regular el contenido, uso y acceso al expediente personal electrónico del personal empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de sus entidades públicas instrumentales (DOG número 237, de 15 de diciembre). Esta resolución tiene por objeto la regulación del contenido, uso, acceso y efectos de los datos almacenados de forma electrónica en el expediente personal electrónico, al que se accede a través de la plataforma del Canal de empleo público de Galicia (Fides).

En la instrucción cuarta de la Resolución de 5 de diciembre de 2023 se establece que los datos del expediente electrónico se emplearán en la tramitación de los procesos de provisión de puestos de trabajo, por lo que las personas que participan en el concurso de traslados convocado deberán anexar la documentación acreditativa de sus méritos de la manera prevista en la citada resolución a través del canal del empleo público de Galicia (Fides).

En cumplimiento de lo dispuesto anteriormente y al objeto de que las personas concursantes puedan solicitar los puestos y acreditar los méritos y requisitos, esta dirección general

RESUELVE:

Primero. Objeto y plazos

Publicar el plazo para presentar solicitudes de elección de puestos de trabajo y publicar el procedimiento que se deberá seguir para justificar la posesión de los méritos y requisitos específicos para el acceso a los puestos.

El plazo habilitado para presentar la solicitud de elección de puestos de trabajo y justificar la posesión de méritos y requisitos será de quince (15) días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, concretamente desde el 3 de diciembre al 24 de diciembre de 2025.

Segundo. Modificación del anexo I de la Resolución de 15 de julio de 2025 de convocatoria

Modificar los puestos ofertados para incorporar como requisitos indispensables aquellos establecidos tanto en la Resolución de 18 de noviembre de 2025, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello da Xunta de Galicia de 17 de noviembre de 2025, por el que se aprueba la modificación de la relación de puestos de trabajo de la Administración general y de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG número 224, de 19 de noviembre), como en la corrección de errores de la Resolución de 24 de febrero de 2025 por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia de 27 de diciembre de 2024 por el que se aprueba la relación de puestos de trabajo del Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar (DOG número 224, de 19 de noviembre de 2025).

Excluir los puestos que se indican en el anexo de esta resolución en ejecución de las sentencias y de los autos del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

La relación de puestos se publica en la web corporativa de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, en la dirección https://www.xunta.gal/funcion-publica/concurso-de-traslados/consulta

Tercero. Solicitudes de elección de puestos

Durante el plazo indicado en el punto primero, las personas concursantes podrán solicitar por orden de preferencia los puestos ofertados en el anexo I de la resolución de convocatoria, a los que se añaden las potenciales resultas como consecuencia de las solicitudes de participación presentadas. La relación de puestos ofertados en resultas se publica en la web corporativa de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, en la dirección https://www.xunta.gal/funcion-publica/concurso-de-traslados/consulta

La solicitud de puestos de trabajo deberá presentarse electrónicamente según lo establecido en la base IV de tramitación electrónica.

Se entenderá que renuncian a participar en el concurso todas aquellas personas que hubieran formulado una solicitud de participación pero no presenten una solicitud de elección de puestos de trabajo.

Las personas concursantes que pidieron en su solicitud de participación la adaptación del puesto de trabajo deberán adjuntar obligatoriamente un informe expedido por el órgano competente en la materia que acredite la procedencia de la adaptación del puesto solicitado (artículo 10 del Real decreto 2271/2004, de 3 de diciembre).

Cuarto. Procedimiento de acreditación de méritos y requisitos

1. La base VII de la convocatoria del concurso establece que los méritos y los requisitos específicos para el acceso a los puestos deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso, esto es, el 31 de julio de 2025, de acuerdo con la Resolución de 15 de julio de 2025.

2. Los méritos y requisitos deberán acreditarse de conformidad con el procedimiento establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se dictan instrucciones para regular el contenido, uso y acceso al expediente personal electrónico del personal empleado público de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia y de sus entidades públicas instrumentales.

No se tendrán en cuenta los méritos que no se presenten conforme a lo establecido en dicho procedimiento.

3. Las personas concursantes que tengan que presentar documentación acreditativa de los méritos valorables en el concurso a que se refiere esta resolución la anexarán a su expediente personal electrónico, al cual accederán a través del canal del empleo público de Galicia (Fides) en la dirección https://fides.xunta.gal

Al acceder al canal del empleo público de Galicia (Fides) comprobarán los datos que figuran en su expediente personal electrónico:

a) En el supuesto de que la persona concursante esté conforme con los datos consultados no precisará realizar ninguna actuación.

b) En el supuesto de que la persona concursante no esté conforme con los datos consultados, por no constar o estar incompletos, deberá incorporar la información no registrada presentando la solicitud de actualización de los méritos junto con la documentación acreditativa, al amparo de lo establecido en la Resolución de 5 de diciembre de 2023.

c) La persona concursante que no tenga reconocido en su expediente electrónico personal algún período de su experiencia profesional interna en la Xunta de Galicia o que encuentre errores en sus méritos en los estados de «en trámite», «validado», «duplicado» o «descartado», podrá presentar alegaciones a través del formulario de reclamaciones que está a disposición en el portal web corporativo de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal en la página https://www.xunta.gal/funcion-publica/concurso-de-traslados/xeracion-de-reclamacions/, que deberá cumplimentarse y presentarse electrónicamente.

d) Los méritos que en la fecha de publicación de esta resolución se encuentren incorporados en el expediente electrónico en el estado «acreditación documental incompleta» deberán ser acreditados para poder ser tenidos en cuenta.

4. Para acreditar los méritos, las personas concursantes presentarán la documentación que justifique la totalidad del mérito inscrito, de la manera establecida en los puntos 3 y 4 de la instrucción octava de la Resolución de 5 de diciembre de 2023. Esto es, si poseen documentos electrónicos originales o copias electrónicas auténticas, las incorporarán directamente en su expediente electrónico personal a través de la dirección https://fides.xunta.gal o, cuando los documentos originales figuren en formato papel, presentarán la documentación y el informe generado en Fides, en la pestaña de actualización de méritos, de manera presencial en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE número 236, de 2 de octubre).

5. El plazo para presentar la solicitud de actualización de méritos y la correspondiente documentación acreditativa, para formular alegaciones o para enmendar el estado de «acreditación documental incompleta» finalizará según lo indicado en el punto primero de esta resolución.

6. Los méritos reflejados en el expediente electrónico personal en el estado de validados serán los que tenga en cuenta la comisión de valoración del concurso y siempre referidos a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso.

7. No se tendrán en cuenta en este proceso más méritos que aquellos que figuren en el expediente personal electrónico de las personas aspirantes a la finalización del plazo establecido en el punto primero de esta resolución. Consecuentemente, no resultarán baremables aquellos méritos que se presentaren o acreditaren documentalmente con posterioridad a esta fecha.

Por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, no se admitirá, después de finalizado el plazo de acreditación de méritos y a efectos de su valoración en este proceso, ninguna nueva documentación acreditativa de méritos, aunque consten registrados en la solicitud de actualización o modificación del expediente personal. Se exceptúa aquella documentación que, justificándola documentalmente en este mismo plazo, hubiera sido solicitada por la persona interesada al organismo o entidad competente y no se haya recibido en el indicado plazo. En este supuesto se admitirá su presentación hasta el momento de la finalización del plazo para la presentación de reclamaciones a las puntuaciones provisionales.

Santiago de Compostela, 24 de noviembre de 2025

Nuria Aguilar Vázquez
Directora general de Empleo Público y Administración de Personal

ANEXO

Puestos que se excluyen de la oferta

Puesto

Código del puesto

Nivel

Subgrupo

Cuerpo/escala

Adm. pub./ áreas func.

Denominación del puesto

Consellería

Centro directivo

Centro de destino

Ayuntamiento

Titulaciones requeridas

Formación específica

Observaciones

16

PR.C99.10.005.27001.001

26

A1

Especial (esc. facultativos-esp. psicología)

AXG

Psicólogo/a

PR

Servicios periféricos

Equipo Técnico de Jurisdicción Provincial de Menores de la Provincia de Lugo. Sección de Menores de la Fiscalía y Juzgado de Menores

27001

Disponibilidad horaria

31

PR.C99.10.011.15770.003

26

A1

Especial (esc. facultativos-esp. psicología)

AXG

Psicólogo/a

PR

Servicios periféricos

Instituto de Medicina Legal de Galicia. Subdirección Territorial de Santiago de Compostela

15770

359

Disponibilidad horaria

87

ED.C99.40.901.36560.004

18

A2

Especial (esc. técnicos facultativos-esp. enfermería)

AXG

Enfermero/a

ED

Servicios perifericos

CEE Saladino Cortizo (Vigo)

36560

235

PS.C99.10.000.32001.540

20

A2

Especial (esc. técnicos facultativos-esp. trabajo social)

AXG

Trabajador/a social

PS

Servicios periféricos

Departamento Territorial de Ourense

32001

Itinerante

1170

PS.C99.40.901.27560.058

20

A2

Especial (esc. técnicos facultativos-esp. educador/a social)

AXG

Educador/a social

PS

Servicios periféricos

Centro de Atención a Personas con Discapacidades (Sarria)

27560

Horario especial