De conformidad con lo establecido en los artículos 22.2 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, y 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, por medio de la presente se recuerda a las personas propietarias de la siguiente relación de parcelas la obligación legal de gestión de la biomasa vegetal y retirada de especies arbóreas prohibidas, para lo cual podrán personarse en el ayuntamiento y tener conocimiento del contenido íntegro de la orden de ejecución:
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Parcelas catastrales |
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15052A012003190000MG |
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15052A012003100000ME |
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15052A011000460000MS |
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15052A011000470000MZ |
Asimismo, se comunica que transcurrido el plazo marcado y advertido el incumplimiento, el Ayuntamiento procederá a la ejecución forzosa, mediante ejecución subsidiaria de las actuaciones materiales necesarias, con repercusión de los costes de gestión de la biomasa y, en su caso, decomiso de las especies arbóreas prohibidas retiradas en los términos del mencionado artículo 22.2 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.
En este caso, el inicio de las actuaciones materiales necesarias por el Ayuntamiento podrá verificarse en cualquier momento transcurrido el plazo máximo otorgado, dentro de los cuatro años posteriores, de mantenerse el incumplimiento.
La ausencia de cumplimiento de las obligaciones descritas es constitutiva de infracción administrativa, por lo que dará lugar al inicio del correspondiente expediente sancionador, en el que podrán adoptarse medidas de carácter provisional consistentes en trabajos preventivos de gestión de la biomasa y retirada de especies arbóreas al objeto de evitar los incendios forestales y decomiso de las indicadas especies.
Mugardos, 5 de noviembre de 2025
El alcalde
P.D. (Delegación R.A. núm. 2023-0615, de 26.6.2023)
Jorge Manuel Kunt Peiteado
Concejal delegado de Obras, Servicios, Medio Ambiente y TICs
