En sesión que tuvo lugar el 18 de noviembre de 2025, el tribunal nombrado por la Resolución de 25 de abril de 2025 (DOG núm. 83, de 2 de mayo) para calificar el proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de ingenieros/as técnicos/as, especialidad de ingeniería técnica forestal, convocado por la Resolución de 25 de enero de 2024 (DOG núm. 21, de 30 de enero), en relación con el segundo ejercicio,
ACORDÓ:
Primero. De conformidad con lo dispuesto en la base II.1.2.10 de la resolución de convocatoria y de acuerdo con los criterios de corrección publicados, superaron el segundo ejercicio del proceso selectivo las personas aspirantes que obtuvieron una puntuación de quince (15) puntos.
Segundo. Publicar las puntuaciones obtenidas por las personas aspirantes presentadas al segundo ejercicio del proceso selectivo para el ingreso, por el turno de promoción interna, en el cuerpo facultativo de grado medio de Administración especial de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia, subgrupo A2, escala de ingenieros/as técnicos/as, especialidad de ingeniería técnica forestal, en el portal web corporativo funcionpublica.xunta.gal
Tercero. De acuerdo con lo dispuesto en la base II.1.2.8 de la orden de convocatoria, las personas aspirantes podrán presentar las alegaciones que consideren oportunas en relación con las puntuaciones en el plazo de diez (10) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Cuarto. Conforme a la base II.1.1.3 de la orden de convocatoria, respecto al tercer ejercicio, estarán exentas de su realización las personas aspirantes que acrediten, en el plazo de diez (10) días hábiles contados desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia de este acuerdo, el Celga 4 o el título equivalente debidamente homologado de acuerdo con la disposición adicional segunda de la Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (DOG núm. 146, de 30 de julio), modificada por la Orden de 10 de febrero de 2014 (DOG núm. 34, de 19 de febrero).
A estos efectos, la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal publicará en el portal web corporativo, xunta.gal/funcion-publica, una lista de personas aspirantes exentas de realizar el examen de gallego por tenerlo debidamente acreditado en su expediente electrónico personal.
Quinto. De conformidad con lo dispuesto en la base III.13 de la orden de convocatoria, contra este acuerdo podrá interponerse recurso de alzada ante la persona titular de la consellería competente en materia de función pública, en los términos previstos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 25 de noviembre de 2025
Ángeles Vidal Ruiz
Presidenta del tribunal
