DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 236 Viernes, 5 de diciembre de 2025 Pág. 62874

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 20 de noviembre de 2025, del Departamento Territorial de Lugo, por la que se acepta el desistimiento de una solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública, en concreto, de una línea de instalación de distribución eléctrica (expediente IN407A 2023/235-2).

Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: Reglamentación de la LMTA CRG805 entre los apoyos núm. 108 y núm. 108-A-12-CT (Castroverde).

Ayuntamiento: Castroverde.

Antecedentes de hecho:

Primero. El 4.8.2023 (número de registro entrada 2023/2230392), la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada Reglamentación LMTA CRG805 entre los apoyos núm. 108 y núm. 108-A-12-CT (Castroverde).

Dentro de la tramitación reglamentaria se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas, conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

Segundo. El proyecto se sometió a información pública a los efectos previstos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, mediante la Resolución de 22 de marzo de 2024. Esta resolución fue publicada en el DOG núm. 78, de 19 de abril.

Tercero. El 16.4.2024, el Servicio de Energía y Minas de este órgano administrativo notificó a UFD Distribución Electricidad, S.A. un requerimiento de subsanación de dicha solicitud, que fue contestado por el promotor el 25.4.2024.

Cuarto. El 26.07.2024 (número de registro entrada 2024/2312838) UFD Distribución Electricidad, S.A. presentó el desistimiento de la solicitud de autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de dicha instalación eléctrica.

Fundamento jurídicos:

Primero. En el artículo 94.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se establece que toda persona interesada podrá desistir de su solicitud o, cuando no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.

Segundo. En el artículo 94.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se señala que la Administración aceptará de plano el desistimiento o la renuncia y declarará concluso el procedimiento salvo que, después de comparecer en él terceras personas interesadas, instaran estas su continuación en el plazo de diez días desde que fuesen notificados del desistimiento o renuncia.

A la vista de los preceptos citados y una vez analizado el expediente, considerando que no existen terceras personas interesadas o afectadas, este departamento territorial entiende que no existe inconveniente alguno en aceptar de plano el desistimiento solicitado.

Este departamento territorial, de acuerdo con todo lo que antecede y en el ejercicio de las competencias que tiene atribuidas,

RESUELVE:

Primero. Acordar el desistimiento formulado por la empresa promotora.

Segundo. Declarar finalizado el procedimiento, así como el archivo del expediente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, en los términos establecidos en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Lugo, 20 de noviembre de 2025

Gustavo José Casasola de Cabo
Director territorial de Lugo