Expediente: IN407A 2023/438-1.
Promotora: E-Distribución Redes Digitales, S.L.
Denominación de la instalación: Cierre definitivo y desmantelamiento de la instalación eléctrica de distribución s/ Real decreto 1955/2000 CT Areosa + LMTS de acometida.
Ayuntamiento: As Pontes de García Rodríguez.
Hechos:
El día 10.10.2023, E-Distribución Redes Digitales, S.L. presenta una solicitud de autorización administrativa al amparo del artículo 135 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, para el cierre definitivo de las instalaciones contempladas en el proyecto denominado Cierre definitivo y desmantelamiento instalación eléctrica de distribución s/ Real decreto 1955/2000 CT Areosa + LMTS de acometida, situadas en las proximidades das coordenadas UTM ETRS89 huso 29T x: 592.134 y: 4.811.062, en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez.
O proyecto se firmó el día 22.9.2023 por Ramón Gómez Morandeira, ingeniero industrial, número de colegiado 1.304 (visado nº 20232972).
En el proyecto se exponen las circunstancias técnicas, económicas, ambientales o de cualquier otro orden, por el que se pretende el cierre de la instalación.
Consideraciones legales y técnicas:
Primera. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG núm. 101, de 27 de mayo).
Segunda. Legislación de aplicación:
• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.
• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.
• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.
• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, polo que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.
• Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.
Tercera. Las características técnicas de las instalaciones descritas en el proyecto y de las que se solicita el cierre o desmantelamiento son las siguientes:
Titular de las instalaciones: E-Distribución Redes Digitales, S.L.
Localización: situadas en las proximidades de las coordenadas UTM ETRS89 huso 29T x: 592.134 y: 4.811.062, en el ayuntamiento de As Pontes de García Rodríguez.
Tipo de instalaciones: instalaciones de distribución.
Cuarta. El proyecto contempla las siguientes actuaciones:
Cierre y desmantelamiento de las siguientes instalaciones, por no estar en uso a día de hoy, y no existir previsión a corto y medio plazo de nuevos suministros en la zona de influencia del CT objeto del proyecto:
• CT Areosa (expediente IN407A 2010/199) en local tipo palomar, de 315 kVA y CT Areosa relación de transformación 6/0,24 kV.
• LMS de 6 kV (expediente IN407A 2016/1411) de 380 metros de longitud, con origen en la subestación líneas aéreas y final en el CT Areosa.
De acuerdo con todo lo señalado,
RESUELVO:
I. Conceder la autorización administrativa de cierre de dicha instalación de distribución eléctrica.
II. El desmontaje de la instalación se ejecutará en el plazo de seis meses, contado a partir del día siguiente al de la comunicación de esta resolución.
III. Una vez efectuado el desmontaje de las instalaciones deberá comunicarlo a esta dirección territorial para emitir el acta de cierre.
Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que fueran de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.
Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Mediante este documento se notifica a las personas interesadas la presente resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la mencionada Ley 39/2015.
A Coruña, 4 de abril de 2025
Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña
