BDNS (Identif.): 874009.
De acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/874009
Primero. Beneficiarias
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas:
a) Las empresas vitivinícolas que en el momento de la solicitud produzcan o comercialicen los productos contemplados en el anexo VII, parte II del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, o que, como consecuencia de la ejecución de la operación objeto de la solicitud de ayuda, comiencen esa producción o comercialización. Las empresas deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
b) Las organizaciones de productores vitivinícolas reconocidas conforme al artículo 152 del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, y sus asociaciones.
c) Las asociaciones de dos o más productores, con personalidad jurídica, de los productos mencionados en el anexo VII, parte II del Reglamento (UE) 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre. Las asociaciones deberán estar constituidas con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
d) Las organizaciones interprofesionales.
e) Las organizaciones profesionales.
Segundo. Objeto
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para la ejecución de medidas de inversiones en el sector vitivinícola en Galicia establecidas en la intervención sectorial vitivinícola (ISV) en el marco del Plan estratégico nacional de la política agrícola común (PAC) del Reino de España 2023-2027, aprobado por la Comisión Europea mediante Decisión de ejecución de 31 de agosto de 2022, y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario de 2026.
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 28 de noviembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a las inversiones para la elaboración y comercialización de productos vitivinícolas, financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2026.
Cuarto. Importe
La financiación de las ayudas previstas en esta orden procede del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) y se hará con cargo a la aplicación 15.04.713D.770.0 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, con una dotación de 3.015.000,00 €, y para el año 2027, con una dotación presupuestaria de 2.481.338,18 €. Este importe se podrá incrementar en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria comienza el día siguiente al de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y termina el 30 de enero de 2026.
Santiago de Compostela, 28 de noviembre de 2025
María José Gómez Rodríguez
Conselleira del Medio Rural
