DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 241 Lunes, 15 de diciembre de 2025 Pág. 64064

III. Otras disposiciones

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

EXTRACTO de la Orden de 1 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades colaboradoras de pesca continental para el fomento de la riqueza piscícola y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MT808A).

BDNS (Identif.): 874478.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/874478

Primero. Entidades beneficiarias

Personas jurídicas que tengan el nombramiento de entidad colaboradora de pesca continental, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2/2021, de 8 de enero, de pesca continental de Galicia, y en el Decreto 130/1997, de 14 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ordenación de la pesca fluvial y de los ecosistemas acuáticos continentales. Este nombramiento deberá estar en vigor tanto en el momento de presentar la solicitud de ayuda como en el momento del pago de esta.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto el establecimiento de un régimen de ayudas destinadas a actividades e inversiones de fomento de la riqueza piscícola (código de procedimiento MT808A).

Tercero. Bases reguladoras y convocatoria

Orden de 1 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a entidades colaboradoras de pesca continental para el fomento de la riqueza piscícola y se convocan para el año 2026 (código de procedimiento MT808A).

Cuarto. Cuantía

El importe total de la convocatoria es de 50.000 €.

Se fija un importe máximo de 9.360 euros de ayuda para la sublínea de vigilancia de tramos de pesca continental y de 2.500 euros para la sublínea de actividades divulgativas o formativas, por entidad colaboradora.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de este orden en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación de la orden en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente a la inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Santiago de Compostela, 1 de diciembre de 2025

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático