DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Martes, 16 de diciembre de 2025 Pág. 64585

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 26 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Estrategia Industrial y Suelo Empresarial, por la que se aprueba el estudio de detalle del parque empresarial de Muros.

Asunto: estudio de detalle para reordenar volúmenes en la manzana número 6 del parque empresarial de Muros.

Promotor: bienes Inmuebles Corporativos Atlánticos 2008, S.L.U.

Situación: ayuntamiento de Muros (A Coruña).

1. Antecedentes.

Primero. El Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión celebrada el día 26 de octubre de 2006, acordó la aprobación definitiva del proyecto sectorial del parque empresarial de Muros (A Coruña) y del correspondiente proyecto de urbanización, a efectos de lo establecido por la Ley 10/1995, de 23 de noviembre, de ordenación del territorio de Galicia. Este acuerdo se hizo público en virtud de la Resolución de 13 de noviembre de 2006 de la presidenta del Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo (DOG núm. 226, de 23 de noviembre).

Segundo. En el inventario del Plan sectorial de ordenación de áreas empresariales de Galicia se recoge el parque empresarial de Muros como una actuación en funcionamiento (código de área 15053011). Figura como promotor del área la sociedad Suelo Empresarial de Atlántico, S.L. (en adelante, SEA) y se delimita su superficie total en 181.433,07 m2.

Tercero. Con fecha 11.11.2025 tuvo entrada en el Registro General de la Xunta de Galicia el estudio de detalle sobre la manzana número 6 del parque empresarial de Muros dirigido a la Dirección General de Estrategia Industrial y Suelo Empresarial. Advertido un error material, con fecha 25.11.2025 se remite nuevamente la documentación corregida.

2. Marco normativo y tramitación.

Primero. La Ley 3/2022, de 18 de octubre, de áreas empresariales de Galicia, resulta de aplicación a este ámbito conforme a lo dispuesto en su disposición transitoria segunda, apartado 2, que establece que «los ámbitos de suelo empresarial de promoción pública ordenados mediante proyectos sectoriales o proyectos de interés autonómico serán desarrollados, en la medida en que resulte procedente, mediante los instrumentos de desarrollo y ejecución contemplados en la presente ley». En el artículo 47 de dicha ley se enumeran los instrumentos de desarrollo y ejecución de las áreas empresariales de promoción pública, entre los cuales se encuentran los estudios de detalle.

Segundo. El capítulo VI del Título III de la Ley 3/2022, de 18 de octubre, de áreas empresariales de Galicia, regula los estudios de detalle, indicando que el objeto de los mismos es ajustar alineaciones y rasantes, así como ordenar volúmenes. En lo referente al contenido, este será el establecido en la normativa urbanística con indicación expresa de que no podrá modificar las determinaciones de los planes que desarrollen, sin perjuicio de la posibilidad de efectuar las adaptaciones exigidas para completar o reajustar alineaciones y rasantes, así como para ordenar volúmenes.

Tercero. En cuanto al procedimiento de tramitación y aprobación del estudio de detalle, el artículo 73 de la Ley 3/2022 de áreas empresariales de Galicia, establece que una vez formulado, el estudio de detalle se presentará ante el Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo o el ayuntamiento competente, según lo previsto en el número 3 del artículo 48 de la citada ley. Por su parte, la disposición adicional duodécima de la Ley 3/2022, de áreas empresariales de Galicia establece que las referencias hechas en la presente ley al Instituto Gallego de la Vivienda y Suelo se entenderán realizadas a la consellería competente en materia de suelo empresarial.

Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en la disposición adicional séptima del Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, la Consellería de Economía e Industria asumirá las competencias en materia de suelo empresarial, y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria, las funciones relativas a suelo empresarial le corresponden a la Dirección General de Estrategia Industrial y Suelo Empresarial.

Quinto. De acuerdo con el artículo 73.2 de la Ley 3/2022, de 18 de octubre, de áreas empresariales de Galicia, es preciso dar audiencia al ayuntamiento o ayuntamientos afectados por el plazo de un mes. No obstante, la documentación aportada incluye un informe de los servicios técnicos-jurídicos del ayuntamiento de Muros en el que, para evitar el trámite de audiencia, ya incluyen informe favorable sobre el estudio de detalle del parque empresarial de Muros. El citado informe fue firmado por el asesor jurídico y la arquitecta municipal del ayuntamiento con fecha 29.10.2025 y 30.10.2025, respectivamente.

Sexto. De acuerdo con el artículo 73.4 de la Ley 3/2022, de 18 de octubre, de áreas empresariales de Galicia, la resolución de aprobación de los estudios de detalle y sus disposiciones normativas serán objeto de publicación en el Diario Oficial de Galicia y en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, previa inscripción en el Registro de Ordenación del Territorio y Planeamiento Urbanístico de Galicia.

Séptima. Consideraciones técnicas: el estudio de detalle tiene por objeto ordenar los volúmenes edificables de las parcelas 8; 9; 10; 11; 12; 13 y 14 de la manzana número 6 del proyecto sectorial del parque empresarial de Muros. El objetivo es agrupar las parcelas eliminando los retranqueos intermedios previstos en el proyecto sectorial. Al agrupar las parcelas se proponen una edificación en volumen único que respete los retranqueos y alineaciones de los nuevos lindes resultantes de la agrupación.

La propuesta de ordenación de volumen hecha en este estudio de detalle genera una ocupación y edificabilidad menor en la parcela agrupada de la que correspondería de acuerdo con la ocupación y edificabilidad prevista en el proyecto sectorial para el conjunto de la manzana.

La implantación de un nuevo volumen, distinto del contemplado en este estudio de detalle, requeriría de un nuevo análisis y, por lo tanto, de la tramitación y justificación de un nuevo estudio de detalle.

Octava. Realizado un control documental por parte del Servicio de Planificación y Ordenación del Suelo Empresarial, se considera que la documentación técnica del estudio de detalle aportado, redactado por AnteaGroup, cumple con el contenido previsto en el artículo 193. Documentación de los estudios de detalle del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del suelo de Galicia.

Igualmente, entre la documentación aportada para la tramitación de este estudio de detalle se encuentra la autorización de SEA promotor del parque empresarial y titular de las parcelas que se pretenden agrupar.

En consecuencia, con fecha 26.11.2024, fue emitido informe técnico favorable por la jefa del Servicio de Planificación y Ordenación del Suelo Empresarial.

3. Conclusión.

Visto cuanto antecede, en atención a la documentación e informes que constan en el expediente,

RESUELVO:

Aprobar el estudio de detalle para ajustar los retranqueos y volúmenes en la manzana número 6 del proyecto sectorial del parque empresarial de Muros.

Santiago de Compostela, 26 de noviembre de 2025

Margarita Ardao Rodríguez
Directora general de Estrategia Industrial y Suelo Empresarial