En el Diario Oficial de Galicia núm. 26, de 24 de enero de 2025, se publicó la Orden de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Galicia emplea, de incentivos a la contratación en la empresa ordinaria, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (código de procedimiento TR342C).
El artículo 3 de dicha orden establece los créditos que financian las ayudas del Plan Galicia emplea, con cargo a los correspondientes fondos dotados en el presupuesto de gastos de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración.
El crédito total, por importe de 19.700.000 €, se desglosa en las siguientes aplicaciones y proyectos presupuestarios:
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Colectivo al que se dirige la ayuda |
Dotación de crédito |
Tipo |
Código |
Aplicación |
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A. Personas jóvenes |
2.500.000 € |
Fondo propio |
2016 00308 |
14.02.322C 470.3 |
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1.000.000 € |
Fondo finalista |
2023 00120 |
14.02.322C 470.3 |
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B. Mujeres |
7.000.000 € |
Fondo finalista |
2016 00313 |
14.02.322C 470.3 |
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C. Personas paradas de larga duración |
2.000.000 € |
Fondo finalista |
2016 00316 |
14.02.322C.470.4 |
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D. Personas de 52 años o más |
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E. Personas emigrantes retornadas y extranjeras |
2.000.000 € |
Fondo propio |
2023 00126 |
14.02.322C 470.3 |
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F. Mujeres en ocupaciones masculinizadas (anexo II) |
1.700.000 € |
Fondo propio |
2024 00192 |
14.02.322C 470.3 |
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G. Personas con discapacidad o en riesgo o situación de exclusión social |
3.000.000 € |
Fondo finalista |
2016 00309 |
14.02.322C 470.9 |
Además, en caso de que la entidad beneficiaria sea una entidad sin ánimo de lucro:
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Colectivo al que se dirige la ayuda |
Dotación de crédito |
Tipo de fondo |
Código |
Aplicación presupuestaria |
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A. Personas jóvenes B. Mujeres C. Persona parada de larga duración D. Personas de 52 años o más E. Personas emigrantes retornadas o extranjeras F. Mujeres en ocupaciones masculinizadas G. Personas con discapacidad o en riesgo o situación de exclusión social |
500.000 € |
Fondo finalista |
2023 00101 |
14.02.322C.481.9 |
Conforme al artículo 31 del reglamento que desarrolla la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, aprobado por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, se puede alterar la distribución entre distintos créditos sin modificar la cuantía total máxima, y la redistribución precisará únicamente de las modificaciones que procedan en el expediente de gasto y de la publicación de esta modificación en los mismos medios que la convocatoria.
Una vez finalizado el plazo de solicitudes del Programa Galicia emplea 2025, el pasado 30 de septiembre, se revisaron las solicitudes y se concedieron aquellas que cumplían los requisitos recogidos en las bases reguladoras de estas ayudas. La concesión se realizó según la diferente naturaleza jurídica de las entidades solicitantes por cada una de las partidas presupuestarias, por orden de entrada de las solicitudes con expediente completo.
El remanente de crédito existente puede emplearse para atender las siguientes solicitudes, según la naturaleza jurídica de la persona o entidad solicitante y el colectivo de pertenencia de la persona trabajadora contratada.
El artículo 4.6 de la orden que regula el Programa Galicia emplea establece que «Dentro de cada provincia, los créditos sobrantes de un código de proyecto podrán ser empleados en otro, después de las modificaciones presupuestarias que procedan y una vez publicada la reasignación de créditos en el Diario Oficial de Galicia.
Asimismo, de existir remanentes en un departamento territorial, una vez atendidas todas las solicitudes que cumplan los requisitos, podrán redistribuirse en los restantes departamentos territoriales, respetando la prelación de solicitudes».
Por todo lo expuesto y en el uso de las facultades que me han sido conferidas,
RESUELVO:
Artículo 1. Redistribución de los créditos
Redistribuir los créditos para la financiación de las ayudas previstas en la Orden de 27 de diciembre de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras del Plan Galicia emplea, de incentivos a la contratación en la empresa ordinaria, según se expresa en la siguiente tabla:
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Colectivo al que se dirige la ayuda |
Presupuesto inicial |
Redistribución |
Presupuesto final |
Código |
Aplicación presupuestaria |
|
A. Personas jóvenes |
2.500.000 € |
672.300,00 € |
3.172.300,00 € |
2016 00308 |
14.02.322C 470.3 |
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1.000.000 € |
+343.595,50 € |
1.343.595,50 € |
2023 00120 |
14.02.322C 470.3 |
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B. Mujeres |
7.000.000 € |
+150,00 € |
7.000.150,00 € |
2016 00313 |
14.02.322C 470.3 |
|
C. Personas paradas de larga duración |
2.000.000 € |
+175.400,00 € |
2.175.400,00 € |
2016 00316 |
14.02.322C.470.4 |
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D. Personas de 52 años o más |
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E. Personas emigrantes retornadas y extranjeras |
2.000.000 € |
-146.300,00 € |
1.853.700,00 € |
2023 00126 |
14.02.322C 470.3 |
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F. Mujeres en ocupaciones masculinizadas (anexo II) |
1.700.000 € |
-526.000,00 € |
1.174.000,00 € |
2024 00192 |
14.02.322C 470.3 |
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G. Personas con discapacidad o en riesgo o situación de exclusión social |
3.000.000 € |
-447.445,50 € |
2.552.554,50 € |
2016 00309 |
14.02.322C 470.9 |
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Colectivo al que se dirige la ayuda |
Presupuesto inicial |
Redistribución |
Presupuesto final |
Código |
Aplicación |
|
A. Personas jóvenes B. Mujeres C. Personas paradas de larga duración D. Personas de 52 años o más E. Personas emigrantes retornadas o personas extranjeras F. Mujeres en ocupaciones masculinizadas G. Personas con discapacidad o en riesgo o situación de exclusión social |
500.000 € |
-71.700,00 € |
428.300,00 € |
2023 00101 |
14.02.322C.481.9 |
Santiago de Compostela, 18 de diciembre de 2025
Pablo Fernández López
Secretario general de Empleo y Relaciones Laborales
