DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 2 Lunes, 5 de enero de 2026 Pág. 330

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

ORDEN de 26 de diciembre de 2025 por la que se modifica la Orden de 6 de noviembre de 2025 por la que se determinan los servicios mínimos durante la huelga del personal de limpieza de los hospitales do Salnés y da Barbanza.

Mediante la Orden de 6 de noviembre de 2025, publicada en el Diario Oficial de Galicia número 217, de 10 de noviembre, se determinaron los servicios mínimos durante la huelga convocada por el personal de limpieza de los hospitales do Salnés y da Barbanza, prevista para los días 11, 12, 18, 19, 25 y 26 de noviembre y 3, 9, 10, 16, 17, 22, 23, 29 y 30 de diciembre, en horario de 9.00 a 11.00 horas y de 15.00 a 17.00 horas, y con carácter indefinido y a jornada completa a partir del 7 de enero de 2026.

La huelga afecta al personal de las empresas Itma, S.L.U. y Mantelnor Limpiezas, S.L., adjudicatarias del servicio de limpieza del Hospital do Salnés, dependiente del Área Sanitaria de Pontevedra y O Salnés, y del Hospital da Barbanza, dependiente del Área Sanitaria de Santiago de Compostela y Barbanza, respectivamente.

En dicha orden se hacía constar que la huelga tenía inicialmente carácter parcial, sin perjuicio de que, de conformidad con lo recogido en la propia convocatoria, a partir del día 7 de enero de 2026 pasaría a tener carácter indefinido y a jornada completa.

Asimismo, en la reunión mantenida entre la Administración, el comité de huelga y el Área Sanitaria de O Salnés, se dejó constancia de que, una vez producida la modificación de las condiciones de la huelga, la Administración podría convocar nuevamente al comité de huelga con el objeto de revisar y, en su caso, modificar los servicios mínimos inicialmente fijados, atendiendo a las nuevas circunstancias concurrentes.

Constatado que, a partir del 7 de enero de 2026, la huelga pasa a tener carácter indefinido y a jornada completa, se procedió a convocar nuevamente al comité de huelga en el Área Sanitaria de O Salnés, dándole audiencia conforme a lo previsto en la normativa vigente, con el fin de analizar la adecuación de los servicios mínimos establecidos en la Orden de 6 de noviembre de 2025 a la nueva configuración del paro.

A la vista del resultado de dicha audiencia, y teniendo en cuenta la necesidad de garantizar la protección de la salud y la seguridad de las personas usuarias de los centros hospitalarios afectados, se considera necesario modificar los servicios mínimos inicialmente establecidos, con el objeto de adaptarlos a la nueva duración e intensidad de la huelga.

Los servicios mínimos que se establecen responden a criterios de necesidad, idoneidad y proporcionalidad, y resultan imprescindibles para garantizar la continuidad asistencial y la protección de la salud pública, sin exceder de lo estrictamente necesario ni desnaturalizar el ejercicio del derecho fundamental de huelga.

En lo que respecta al Área Sanitaria de Barbanza, ya en la citada Orden de 6 de noviembre de 2025 se había tenido en cuenta el carácter indefinido de la huelga, por lo que no resulta necesario introducir modificaciones respecto de los servicios mínimos establecidos para este ámbito territorial.

En virtud de lo anterior, y en el ejercicio de las competencias que corresponden a esta consellería,

DISPONGO:

Artículo único

Se modifica la Orden de 6 de noviembre de 2025 por la que se establecen los servicios mínimos durante la huelga del personal de limpieza de los hospitales del Área Sanitaria de O Salnés y de Barbanza, exclusivamente en lo relativo al Área Sanitaria de O Salnés, con el objeto de adaptar dichos servicios al carácter indefinido y jornada completa de la huelga a partir del día 7 de enero de 2026, que quedan fijados en los siguientes términos:

Centro: Hospital de O Salnés.

Día

Mañana

Tarde

Noche

De lunes a viernes

9

9

1

Sábado, domingos y festivos

6

3

1

Disposición final única

Esta orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y será de aplicación mientras la huelga mantenga su carácter indefinido y a jornada completa, sin perjuicio de que pueda ser revisada en caso de que se produzcan nuevas modificaciones en la convocatoria.

Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2025

Antonio Gómez Caamaño
Conselleiro de Sanidad