Mediante la Resolución de 30 de diciembre de 2025 se modificó y se prorrogó la encomienda al Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar para la ejecución de un servicio de transporte a los centros públicos competencia de la Dirección General de Mayores y Atención Sociosanitaria de la Consellería de Política Social e Igualdad.
Con la finalidad de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 9.3 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general del sector público autonómico de Galicia, se publica en el Diario Oficial de Galicia el contenido mínimo de dicha resolución:
– Actividad: servicio consistente en el traslado de las personas usuarias del Centro de Día de Alzhéimer de Volta do Castro, Santiago de Compostela; del Centro de Día As Gándaras, Lugo, y del Centro de día de Burela, Lugo, para el desarrolo de las actividades propias de los centros.
El servicio consistente en la modalidad de carácter regular (diez desplazamientos por semana ida y vuelta, de lunes a viernes, que suponen un total de 251 desplazamientos anuales) de las personas usuarias del Centro de Día de Alzhéimer de Volta do Castro, Santiago de Compostela; del Centro de Día As Gándaras, Lugo, y del Centro de día de Burela, Lugo, se abonará en función del precio por vehículo/día.
– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: esta encomienda al Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar tiene naturaleza intersubjetiva. Conforme a lo previsto por los artículos 47 y 95 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico, y a los efectos previstos en los artículos 6.3 y 32 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero, el Consorcio Gallego de Servicios de Igualdad y Bienestar tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Consellería de Política Social e Igualdad.
– Plazo de vigencia: la prórroga comienza el 1 de enero de 2026 y finalizará el 31 de diciembre de 2026.
– Finalización anticipada: esta encomienda se resolverá anticipadamente en los siguientes casos:
• Cumplimiento de su objeto antes de la fecha establecida para su finalización.
• Imposibilidad de realizar las actividades encomendadas.
• Incumplimiento de alguna de las obligaciones o actividades encomendadas o de los plazos previstos.
• Revocación por resolución motivada del órgano encomendante.
• Las demás previstas en la legislación vigente.
Santiago de Compostela, 30 de diciembre de 2025
La conselleira de Política Social e Igualdad
P.D. (Orden de 4.6.2024; DOG núm. 111, de 10 de junio)
María Francisca Gómez Santos
Secretaria general técnica de la Consellería de Política Social e Igualdad
