El Pleno del Ayuntamiento de Ribadeo, en la sesión ordinaria de 18 de marzo de 2025 acordó solicitar a la Xunta de Galicia la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados para la realización del proyecto denominado Incremento de superficie y mejora de la conectividad de hábitats prioritarios en escenarios vulnerables en el litoral del ayuntamiento de Ribadeo (ZEC As Catedrais).
Los bienes en que se concreta la declaración de urgente ocupación están determinados en el expediente que se sometió a información pública.
El 23 de septiembre de 2025 tuvo entrada en el registro electrónico de la Xunta de Galicia la solicitud del Ayuntamiento de Ribadeo y el expediente. El 6 de octubre y el 16 de diciembre de 2025 la citada entidad local remitió, a través del Registro Electrónico de la Xunta de Galicia, documentación complementaria a la inicialmente enviada. El expediente contiene la justificación acreditativa de la motivación para la declaración de urgente ocupación.
El expediente se trató en la Comisión de Secretarios Generales previa a su elevación al Consello de la Xunta de Galicia.
El expediente contiene la documentación a que se refiere el artículo primero de la Orden de 7 de diciembre de 1983, sobre declaraciones de urgente ocupación, así como la exigida en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.
La justificación de la pertinencia de la declaración de urgente ocupación se basa en que las actuaciones a realizar tienen como objetivo la eliminación del tránsito peatonal incontrolado de visitantes sobre el borde litoral, muy cerca del acantilado rocoso, con un elevado riesgo de caída de las personas en un entorno peligroso y hostil que, de hecho, ya se cobró víctimas. Además, está prevista la eliminación de especies invasoras en áreas ocupadas por el hábitat 4040 para, posteriormente, restaurar la vegetación natural en esas superficies, así como la protección del hábitat 7220 frente a condiciones antropogénicas y, por tanto, favorecer el restablecimiento en un estado de conservación favorable de estos tipos de hábitat. La presencia de especies invasoras en esta área provoca que en la actualidad este tipo de hábitat se encuentre en un estado de conservación desfavorable, con un elevado riesgo para la conservación de la biodiversidad, debido a su baja naturalidad y elevada fragmentación.
La competencia para la declaración de la urgente ocupación corresponde a la Xunta de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 27.2 y 28.2 del Estatuto de autonomía de Galicia. En virtud de la asunción de transferencias de competencias del Estado a la Xunta de Galicia en materia de administración local realizada por el Decreto de la Xunta 138/1982, de 1 de diciembre, el Consello de la Xunta es el competente para aprobar la declaración de urgente ocupación.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, y después de la deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del veintidós de diciembre de dos mil veinticinco,
DISPONGO:
Artículo único
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, se declara la urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos concretados en el expediente administrativo instruido al efecto y necesarios para la ejecución del proyecto denominado Incremento de superficie y mejora de la conectividad de hábitats prioritarios en escenarios vulnerables en el litoral del ayuntamiento de Ribadeo (ZEC As Catedrais), en el ayuntamiento de Ribadeo (Lugo). En su caso, una vez ocupados los terrenos necesarios, se deberán obtener las autorizaciones que sean necesarias de los organismos competentes, con carácter previo al inicio de las actuaciones.
Santiago de Compostela, veintidós de diciembre de dos mil veinticinco
El presidente
P.S. (Artículo 26.7 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero,
de la Xunta y de su Presidencia)
Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes
Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes
