En cumplimento de lo establecido en el acuerdo vigente para aplicación de la segunda actividad derivado del acuerdo publicado mediante la Resolución de 9 de enero de 2017, de la Secretaría General de Empleo de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, se convoca el procedimiento para la concesión de la segunda actividad en el año 2026 de acuerdo con lo siguiente:
Primero. Puede solicitar el pase a la segunda actividad el personal trabajador fijo y temporal de las categorías de bomberos/as forestales que cumpla o haya cumplido ya en el año 2026 los 60 años de edad y que se comprometa a jubilarse a la edad legalmente establecida o, de ser mayor de 65 años, en el plazo de un año después de concedida la segunda actividad.
Segundo. Las personas interesadas pasarán a la segunda actividad para realizar tareas preventivas o de apoyo logístico al Servicio de Defensa Contra Incendios Forestales sin vinculación directa a la extinción de incendios.
Tercero. Las solicitudes (anexo II) deberán ir acompañadas del compromiso de jubilación (anexo III) y se remitirán a la Consellería del Medio Rural, que será la competente para realizar la propuesta de adscripción a segunda actividad a la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal, que es la competente para resolver todas las solicitudes presentadas.
Cuarto. El plazo de solicitud será de un mes a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el DOG.
Santiago de Compostela, 26 de diciembre de 2025
Miguel Corgos López-Prado
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública
