DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Viernes, 16 de enero de 2026 Pág. 3630

III. Otras disposiciones

Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

RESOLUCIÓN de 7 de enero de 2026 por la que se anuncian las convocatorias de las pruebas de evaluación para la obtención del certificado gallego de competencias digitales (ComDix) en la Red CeMIT, en sus niveles de iniciación e intermedio, correspondientes al primer semestre del año 2026.

La Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia, en su condición de entidad pública instrumental del sector público, tiene entre sus funciones favorecer un contexto digital en que la ciudadanía pueda alcanzar, actualizar y mejorar sus competencias digitales, en línea con los cambios y los usos tecnológicos que se integren en la sociedad.

A tal fin, y teniendo como referente el Marco europeo de competencias digitales en su versión DigComp 2.2, el Decreto 123/2021, de 2 de septiembre, reguló el Marco gallego de competencias digitales y la certificación gallega en competencias digitales, de acuerdo con lo establecido en la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, con el objetivo de alcanzar una ciudadanía digitalmente responsable en un entorno en que, cada vez más, se requiere el uso de la tecnología casi a diario.

El artículo 3 del citado Decreto 123/2021 establece que el desarrollo específico de las dimensiones y especializaciones del marco en función de los grupos destinatarios se incluirá en el documento de bases para el desarrollo del Marco gallego de competencias digitales.

El 11 de septiembre de 2023 se aprobó una primera versión de este documento en el que se identifica como una de las vías de obtención del certificado gallego en competencias digitales (ComDix) la realización de una prueba de certificación específica que permita demostrar tener los conocimientos, habilidades y actitudes propias de dichas competencias. Actualmente, en su tercera versión, aprobada el 30 de junio de 2025 por el Consejo Rector de la Amtega, se mantiene esta vía de obtención.

Esta prueba de certificación se complementa con la puesta a disposición de las personas interesadas de contenidos en línea, de uso voluntario, para adquirir los conocimientos, habilidades y actitudes digitales, y que servirán de referencia antes de presentarse a la prueba de certificación.

Asimismo, establece en su artículo 13 que la propia Amtega, a través de las aulas de la Red de centros para la modernización y la inclusión tecnológica (red CeMIT), cooperará, en su ámbito de competencia, en la ejecución de las actuaciones para la gestión de la certificación en competencias digitales, estando habilitada y autorizada para la formación y evaluación de cara a su obtención.

De acuerdo con lo anterior,

RESUELVO:

Convocar las pruebas de certificación para la obtención del certificado gallego de competencias digitales en sus niveles de iniciación e intermedio para el primer semestre del año 2026, que deberán desarrollarse según las bases detalladas en el anexo I.

Santiago de Compostela, 7 de enero de 2026

Damián Rey Rodríguez
Director de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

ANEXO

Convocatorias de pruebas de certificación para la obtención del certificado de competencias digitales en la red CeMIT, en sus niveles de iniciación e intermedio

Bases

Primera. Fechas y realización de las pruebas

1. Se establecen las siguientes convocatorias de pruebas:

Nivel

Convocatoria

Días de las pruebas

Horarios

Plazo de inscripción

Iniciación

Febrero

25-26-27

10:00 h
12:00 h
16:30 h

De 19 a 28 de enero

Intermedio

Abril

28-29-30

10:00 h
12:00 h
16:30 h

De 16 a 25 de marzo

Iniciación

Junio

17-18-19

10:00 h
12:00 h
16:30 h

De 4 a 13 de mayo

2. Los detalles de cada convocatoria, las aulas concretas en que se realizarán las pruebas, los horarios asignados a cada una de ellas y el número de plazas ofertadas se publicarán en la web de la Red CeMIT https://cemit.xunta.gal con una antelación mínima de un mes respecto a la fecha de inicio de las pruebas.

3. En dicha web las personas interesadas se podrán suscribir a un sistema automático de aviso o recordatorio de apertura del plazo de inscripción en estas convocatorias, para facilitar su matriculación en las mismas.

4. Las pruebas se realizarán de manera presencial en las aulas de la Red CeMIT. Las ubicaciones de cada aula se pueden consultar en la web https://cemit.xunta.gal/centros

Segunda. Itinerario formativo

1. A fin de facilitar la preparación de las pruebas de certificación, se pone a disposición de las personas interesadas material formativo de apoyo diseñado para proporcionar los conocimientos y competencias necesarias para afrontar las pruebas de cada nivel. En función del nivel correspondiente, estarán disponibles las siguientes formaciones:

Nivel Iniciación

• ¡Empezamos! ¿Qué nivel de competencias tengo? Introducción al Marco gallego de competencias digitales.

• ComDix I. Conoce el entorno digital

• ComDix II. Tiene la información digital siempre a mano: buscar, seleccionar y guardar

• ComDix III. Tecnologías digitales

• ComDix IV. Participa en la sociedad digital

• ComDix V. Crea contenidos digitales

• ComDix VI. Encuentra el bienestar digital

Nivel Intermedio

• Consulta y gestión de la información digital

• Comunicación y colaboración

• Creación de contenidos digitales

• Bienestar digital: seguridad y privacidad

• Entorno digital y resolución de problemas

2. El acceso a estos contenidos puede realizarse en cualquier momento y estarán disponibles permanentemente en la plataforma de teleformación https://formacion-cemit.xunta.gal

3. El acceso voluntario a los contenidos no es un requisito para matricularse en las pruebas de certificación ni da derecho a la expedición del certificado de competencias digitales (ComDix), que se obtendrá únicamente por la superación de la prueba de certificación regulada en esta convocatoria.

Tercera. Solicitudes de participación y plazo de inscripción

1. Las personas que deseen participar en las pruebas de certificación deberán ser mayores de 16 años e inscribirse en la página web de la red CeMIT https://cemit.xunta.gal antes de la finalización de cada plazo de inscripción indicado en la base Primera.1 de este anexo.

2. Con carácter previo a la inscripción es necesario darse de alta como usuario/a de la Red CeMIT en la dirección electrónica https://aulascemit.xunta.es/usuarios, para lo que es imprescindible facilitar una cuenta personal de correo electrónico.

Los datos personales con los que la persona se inscriba en la página web de la Red CeMIT serán los que se tomen de referencia durante todo el proceso de selección para la participación en las pruebas y la posterior emisión de las certificaciones. La Amtega no se hace responsable de la emisión de certificaciones con datos incorrectos por errores en la inscripción a las pruebas.

3. El plazo de inscripción correspondiente a cada convocatoria, que figura en la base primera de esta resolución, tendrá una duración de diez (10) días naturales a contar desde la fecha de inicio del plazo. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.

4. En cada convocatoria sólo se podrá presentar una solicitud por persona participante para un aula, un día y una hora. Las personas que figuren inscritas en más de una localidad o turno para el mismo mes de pruebas el día de finalización del plazo de inscripción, serán excluidas automáticamente del proceso de participación.

5. Finalizado el plazo de inscripción y aplicados los criterios de selección que se recogen en la base Cuarta, se publicará la relación provisional de personas admitidas en cada una de las localidades en la página web de la Red CeMIT (https://cemit.xunta.gal), así como el listado de reservas y de personas excluidas.

Cuarta. Criterios de selección

1. Para la cobertura inicial de las plazas, en caso de que hubiera más solicitudes que plazas disponibles, tendrán preferencia sólo a efectos del nivel intermedio aquellas personas solicitantes que posean el diploma de aprovechamiento del curso (equivalente a 10 ECTS) de competencias digitales intermedias emitido por la Amtega.

2. Si existieran más solicitudes que el número de plazas en cada una de las localidades, las plazas disponibles se distribuirán entre las personas inscritas en tiempo y forma. El orden de asignación será el resultado de un sorteo público, que se realizará una vez finalizado el plazo de inscripción.

3. Para elaborar el listado se tomará la fecha y la hora de registro en el sistema y se asignará el número uno (1) al primer solicitante y así sucesivamente hasta el último registro.

4. Se realizará un sorteo a través de una aplicación informática que seleccionará aleatoriamente un único número de entre los que integran la lista de solicitantes del punto anterior. Este número corresponderá al día, hora y minuto concreto en que se realizó la preinscripción.

5. Las plazas se adjudicarán a partir de la solicitud correspondiente con el número determinado en el párrafo anterior de la lista previamente ordenada y se continuará, hasta agotar las plazas vacantes y reservadas, para aquellas solicitudes a las que correspondan los siguientes números según el orden ascendente de la serie numérica.

6. A los efectos del número anterior, en caso de finalizar la lista sin cubrir el número total de plazas disponibles, se continuará desde su comienzo.

7. Los resultados del sorteo se publicarán en la web de la Red CeMIT para su consulta pública (https://cemit.xunta.gal).

Quinta. Publicación de la relación de personas admitidas

1. Para cada convocatoria se publicará en la página web https://cemit.xunta.gal una relación provisional de personas admitidas, excluidas y en reserva en cada una de las localidades, días y horas de realización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

2. Las personas que resulten seleccionadas provisionalmente recibirán un correo electrónico confirmatorio de su selección y podrán comunicar su desistimiento para participar en la prueba en un plazo de diez (10) días naturales desde la publicación del listado provisional. Esta renuncia deberá comunicarse obligatoriamente por correo electrónico a la dirección formacion-cemit@xunta.gal, mediante el modelo de renuncia disponible en la web de la red CeMIT.

En caso de no rechazarla expresamente en el citado plazo, se entenderá que la persona seleccionada acepta participar en la prueba de certificación para la cual fue admitida provisionalmente.

3. Asimismo, las personas interesadas tendrán un plazo de diez (10) días naturales desde dicha publicación para presentar alegaciones, de conformidad con el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

4. Finalizados los plazos de presentación, se publicará en la web de la Red CeMIT https://cemit.xunta.gal el listado definitivo de personas admitidas en las pruebas en cada localidad, día y hora, que incluirá la relación de personas en reserva que finalmente obtuvieron plaza tras la renuncia de aquellas seleccionadas provisionalmente.

Contra este listado se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un (1) mes desde dicha publicación, de conformidad con el dispuesto en los artículos, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Sexta. Procedimiento de asignación de plazas no cubiertas

1. En caso de que existieran plazas vacantes para realizar las pruebas después de la publicación del listado definitivo de personas admitidas, se abrirá un período extraordinario para la adjudicación de estas plazas, que serán publicadas en la web CeMIT (https://cemit.xunta.gal) y que podrán ser solicitadas únicamente por las personas inscritas que figuren en los listados de espera y que no obtuvieron plaza definitiva.

2. El plazo máximo para realizar la solicitud de participación en esta fase será de dos (2) días hábiles, a contar desde la comunicación por correo electrónico a las personas en el listado de espera de las plazas disponibles y el procedimiento para optar a las mismas

3. El listado final con la adjudicación definitiva de las plazas se publicará en la página web de la Red CeMIT (https://cemit.xunta.gal).

Séptima. Exención del pago de tasas de examen

Segundo lo establecido en el artículo 23.10 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exenciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 240, de 11 de diciembre), referente a las exenciones de tasa por servicios administrativos, la matriculación en la presente convocatoria estará exenta del pago de tasas.

Octava. Penalizaciones

1. Una vez publicado el listado definitivo de las personas participantes en las pruebas, las ausencias a la prueba deberán ser formalmente comunicadas y justificadas mediante correo electrónico dirigido a formacion-cemit@xunta.gal

2. Todas las ausencias a la prueba que no presenten justificación supondrán la condición de no presentado de la persona participante, que estará sujeta a las penalizaciones indicadas en el apartado 5 de esta base.

3. Si el motivo de la no presentación es justificado, deberá presentar el comprobante correspondiente a través del correo electrónico para que pueda inscribirse en la próxima convocatoria.

4. Se considerarán causas justificadas: accidente, hospitalización, nacimiento o adopción, fallecimiento de un familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad, obligaciones públicas ineludibles y otras de carácter igualmente excepcional.

5. Las personas usuarias no podrán inscribirse en una nueva prueba de certificación en el plazo de doce meses en el caso de no presentación sin justificación o de incumplimiento grave de las normas, cualquiera que sea el nivel de la certificación. Se consideran infracciones graves de las normas las siguientes:

• Uso de material de estudio, acceso a páginas web no permitidas o uso de otros recursos que representen una ayuda no permitida a la hora de responder a las preguntas del examen.

• Anotación o captura de preguntas del examen que luego puedan filtrarse a otras personas.

• Cualquier conducta sospechosa que suponga un intento de copia o fraude identificada por el responsable de la prueba.

Novena. Desarrollo de las pruebas de certificación

1. La prueba de certificación para la obtención del certificado ComDix se realizará en la plataforma habilitada al efecto por la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia.

2. La estructura de esta prueba será la siguiente:

• Estará disponible tanto en gallego como en castellano, para que la persona usuaria pueda seleccionar el idioma en el momento de realizar la prueba.

• Constará de un cuestionario compuesto por entre 60 y 70 preguntas de diversa complejidad que incluye la evaluación de las 21 competencias establecidas en la estructura del Marco gallego ComDix.

• Tipología de preguntas: pregunta simple, múltiple, arrastrar, relacionar...

• No habrá penalización por preguntas incorrectas.

• Durante la realización de la prueba está permitido el acceso y consulta a Internet y a los programas instalados en el equipo usado para realizar la prueba (navegador, solución ofimática y lector de PDF); de hecho, para algunas preguntas será necesario utilizarlos.

• Se dispondrá de un tiempo máximo de 90 minutos para realizar la prueba.

• Serán considerados aptas aquellas personas que superen el 60 % de las preguntas referentes a cada una de las cinco áreas y el 70 % del total de las preguntas.

• Si alguna persona candidata no finaliza la prueba en el tiempo establecido, el examen se dará por concluido y se enviará automáticamente para su corrección.

• Una vez que la persona candidata complete su prueba, podrá conocer su puntuación, su resultado (apto/a o no apto/a) y el número de preguntas incorrectas.

3. Las personas con discapacidad legalmente reconocida podrán solicitar la adaptación del tiempo o de los medios necesarios para realizar la prueba. Dicha adaptación deberá comunicarse con una antelación mínima de cinco (5) días a la fecha de realización de la prueba por correo electrónico a la dirección formacion-cemit@xunta.gal

4. No se autoriza el uso de dispositivos electrónicos o cualquier otro material adicional durante el desarrollo de las pruebas de certificación.

Décima. Corrección y revisión de las pruebas

1. Inmediatamente después de finalizar la prueba, en la misma plataforma de certificación, las personas participantes podrán realizar observaciones y/o solicitar la revisión de alguna pregunta con la que estén en desacuerdo.

2. Posteriormente, se llevará a cabo un análisis de las preguntas objeto de revisión para determinar la admisión, anulación o posibilidad de modificación de las mismas.

3. Las preguntas que resulten anuladas pueden suponer un cambio en los resultados de las personas participantes no aptas. Estas anulaciones no afectarán negativamente a las calificaciones obtenidas por aquellas personas que ya obtuvieran la puntuación de apto/a.

4. La modificación de los resultados finales tras la revisión de preguntas se realizará de oficio por la Administración y será notificada a las personas participantes afectadas.

Undécima. Publicación de la relación de los resultados finales

1. Finalizado todo el proceso de corrección y revisión de las preguntas, se publicará en la página web https://cemit.xunta.gal un anuncio con las preguntas anuladas que pudieran afectar a los resultados iniciales de las personas participantes en la convocatoria y el listado final de personas aptas con pleno derecho la certificación.

2. Las personas que resulten aptas recibirán un correo electrónico confirmando su resultado e indicando sus datos personales e información relacionada con la realización de la prueba, como justificante provisional hasta la emisión del certificado final.

Duodécima. Emisión de la certificación ComDix

1. Esta certificación será emitida de oficio conforme los procedimientos establecidos en el Marco gallego de competencias digitales y de acuerdo con el que se recoge en el documento de bases para el desarrollo del Marco gallego de competencias digitales.

2. Esta acreditación tendrá una validez de cinco años a partir de la fecha de expedición.

Decimotercera. Notificaciones

1. Las personas que superen las pruebas de certificación serán notificadas preferentemente por medios electrónicos, y podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las sucesivas notificaciones se realicen o se dejen de realizar por medios electrónicos.

2. Las notificaciones electrónicas se realizarán a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal, disponible a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal/). Este sistema enviará a las personas interesadas avisos de la disponibilidad de las notificaciones mediante un correo electrónico dirigido a la dirección de correo electrónico incluida en la solicitud a los efectos de notificación.

3. Las notificaciones realizadas por medios electrónicos se considerarán realizadas en el momento de acceder a su contenido. Cuando la notificación por medios electrónicos sea obligatoria, o haya sido expresamente elegida por la persona interesada, se considerará rechazada cuando transcurran diez días naturales desde que se puso a disposición la notificación sin acceder a su contenido.

4. Si por problemas técnicos no fuere posible el envío de la notificación electrónica, se realizará la notificación por los medios previstos en la normativa que regula el procedimiento administrativo común.

Decimocuarta. Facultades de la Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia

1. Resolver aquellas incidencias que se puedan producir en el desarrollo y gestión de las actividades formativas y de certificación. Asimismo, le corresponde disponer lo necesario para la ejecución y cumplimiento de la presente resolución.

2. Expedir la certificación gallega de competencias digitales a todas aquellas personas que superen con éxito la prueba de certificación, según lo dispuesto en el Decreto 123/2021, de 2 de septiembre, por el que se regula dicha certificación.

Decimoquinta. Información sobre protección de datos personales

1. Los datos personales recogidos en este procedimiento serán tratados en su calidad de responsable por la Xunta de Galicia-Agencia para la Modernización Tecnológica de Galicia con la finalidad de llevar a cabo la inscripción, selección y gestión general de la presente convocatoria de pruebas de certificación.

2. El tratamiento de datos se basa en el cumplimiento de una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, y en el Decreto 123/2021, de 2 de septiembre, por el que se regula el Marco gallego de competencias digitales y la Certificación gallega en competencias digitales, en esta convocatoria y en las referencias recogidas en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos

3. Los datos podrán ser comunicados a terceros colaboradores para la expedición del certificado de competencias digitales, con la finalidad de informar a las personas interesadas sobre su desarrollo y gestionar su expedición y archivo. Determinados datos también podrán ser comunicados a entidades que colaboren en la supervisión y gestión de pruebas de conocimientos o de evaluación, para que no se cometan irregularidades.

4. Para dar la publicidad requerida al procedimiento, de acuerdo con el dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los datos identificables de las personas interesadas se publicarán de conformidad con el que se describe en la presente resolución a través de los distintos medios de comunicación institucional de que dispone la Xunta de Galicia, tales como periódicos oficiales, páginas web o tablones de anuncios.

5. Las personas interesadas podrán solicitar al responsable el acceso, rectificación y supresión de sus datos, así como ejercer otros derechos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, personalmente o en los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, según se explicita en la información adicional recogida en https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos

6. Información adicional y contacto con el delegado de protección de datos en:

https://www.xunta.gal/informacion-xeral-proteccion-datos