DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Viernes, 16 de enero de 2026 Pág. 3405

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

EXTRACTO de la Orden de 23 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2026 (código de procedimiento MR340A).

BDNS (Identif.): 881481.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/881481

Primero. Entidades beneficiarias

Podrán acogerse a estas ayudas los empresarios individuales o sociedades que sean o vayan a ser titulares de instalaciones objeto de la ayuda dedicadas a la transformación y/o comercialización de productos del anexo I del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, y sobre las que recaiga la carga financiera de las inversiones y gastos que se consideren incentivables.

Segundo. Objeto

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de las ayudas de la Consellería del Medio Rural para las inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y convocar las correspondientes al ejercicio presupuestario de 2026.

Tercero. Bases reguladoras

Orden de 23 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para las inversiones en transformación y comercialización de productos agrarios, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), y se convocan para el ejercicio presupuestario de 2026 (código de procedimiento MR340A).

Cuarto. Importe

Para la concesión de las ayudas correspondientes con la intervención 6842.1 convocadas se destinará un crédito máximo total de 7.920.000 € de los presupuestos de 2026, 2027 y 2028.

Para la concesión de las ayudas correspondientes con la intervención 6842.2 convocadas se destinará un crédito máximo total de 11.004.498 € de los presupuestos de 2026, 2027 y 2028.

Estos importes podrán incrementarse en los supuestos previstos en el artículo 31.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes para esta convocatoria será de un mes contado a partir del día siguiente al de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

No obstante, en caso de que la inversión incluya la construcción de nuevas superficies cubiertas o ampliación de las existentes, el solicitante tendrá un plazo adicional de tres meses para presentar la preceptiva licencia de obras.

Santiago de Compostela, 23 de diciembre de 2025

María José Gómez Rodríguez
Conselleira del Medio Rural