En cumplimiento de lo establecido en los artículos 70.2 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto básico del empleado público, 48.4 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, 5 del Real decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a los que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de Administración local, y 20.tres.3 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de los presupuestos generales del Estado para el año 2023, se hace público que por Decreto del alcalde 958/2025, de 26 de diciembre,
SE ACORDÓ:
Aprobar la siguiente oferta de empleo público del Ayuntamiento de Padrón para el año 2025 de acuerdo con el presupuesto municipal y la plantilla de personal aprobados conjuntamente con el presupuesto municipal para el año 2025:
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Funcionarios de carrera |
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Grupo |
Clasificación |
Denominación |
Acceso |
Núm.vacantes |
Reserva personas con discapacidad |
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C1 |
Escala de Administración especial. Subescala servicios especiales. Clase policía local. Escala básica, categoría oficial. |
Oficial jefe de la policía local. |
Mobilidad |
1 |
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C1 |
Escala de Administración especial. Subescala servicios especiales. Clase policía local. Escala básica, categoría policía. |
Policía. |
Libre |
2 |
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Total funcionarios de carrera |
3 |
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Personal laboral |
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IV |
Oficial. |
Oficial de obras y servicios. |
Libre |
1 |
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V |
Peón conductor. |
Peón conductor de obras y servicios. |
Libre |
1 |
1 |
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Total personal laboral |
2 |
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Total |
5 |
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Contra la resolución indicada, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer:
– Potestativamente el recurso de reposición, en el plazo máximo de un mes desde el día de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña, ante el mismo órgano que dictó el acto impugnado.
– Con posterioridad a la resolución expresa o presunta del recurso de reposición, o bien directamente, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la provincia de A Coruña.
– El recurso extraordinario de revisión, según lo previsto en el artículo 113 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o cualquier otro que estime procedente.
Padrón, 26 de diciembre de 2025
Anxo Rei Arca
Alcalde
