BDNS (Identif.): 882520.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones:
https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/882520
Primero. Entidades beneficiarias
Las asociaciones empresariales intersectoriales en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia constituidas al amparo de la Ley 19/1977, de 2 de agosto, sobre regulación del derecho de asociación sindical.
Las organizaciones sindicales intersectoriales, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, constituidas al amparo de la Ley orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de libertad sindical.
Segundo. Objeto
Esta orden tiene por objeto el establecimiento de las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2026 de la concesión de subvenciones, por parte de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración, mediante el régimen de concurrencia competitiva, con el fin de subvencionar la creación y/o el funcionamiento de gabinetes técnicos en materia de igualdad laboral y de oportunidades y contra la brecha salarial (código de procedimiento TR807J).
Tercero. Bases reguladoras
Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la creación y/o funcionamiento de gabinetes técnicos en materia de igualdad laboral y de oportunidades y contra la brecha salarial, y se procede a su convocatoria en la Comunidad Autónoma de Galicia en el ejercicio de 2026, tramitada por anticipado de gasto (código de procedimiento TR807J).
Cuarto. Importe
Se cuenta con un presupuesto de 400.000 euros con cargo a la aplicación presupuestaria 14.02.324A.480.6, código de proyecto 2019 00016, que se distribuirá del siguiente modo: el 50 % para las asociaciones empresariales y el 50 % restante para las organizaciones sindicales intersectoriales.
Quinta. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 29 de diciembre de 2025
José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración
