El Real decreto 840/2015, de 21 de septiembre, por el que se aprueban las medidas de control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, establece en su artículo 6 que las comunidades autónomas elaborarán los planes de emergencia exterior de los establecimientos de nivel superior.
El Decreto 37/2019, de 21 de marzo, por el que se determinan los órganos competentes y otras medidas para el control de los riesgos inherentes a los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas, establece que es la consellería competente en materia de emergencias e interior, a través de la dirección general con competencias en dicha materia, el órgano responsable de la elaboración del plan de emergencia exterior.
El Real decreto 524/2023, de 20 de junio, por el que se aprueba la norma básica de protección civil, indica que los planes que tengan como objeto los riesgos químicos tendrán la consideración de planes especiales.
La Ley 5/2007, de 7 de mayo, de emergencias de Galicia, indica en el artículo 31 que en los planes especiales se establecen las medidas necesarias para afrontar emergencias que por su naturaleza requieran unos métodos científicos o técnicos adecuados para su evaluación y tratamiento, y en el artículo 33, relativo al procedimiento de aprobación y publicación, indica que corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, con el informe previo de la Comisión Gallega de Protección Civil, la aprobación de los planes especiales. Todos los planes de emergencias deben ser objeto de publicación en los diarios oficiales pertinentes. Asimismo, el artículo 13.b) señala que la persona titular de la consellería competente en materia de protección civil y gestión de emergencias será la encargada de proponer al Consello de la Xunta de Galicia, la aprobación de los planes especiales.
Mediante el Decreto 174/2021, de 29 de diciembre (DOG núm. 11, de 18 de enero), se aprobó la revisión del Plan de emergencia exterior del polígono de A Grela Bens.
Atendiendo a la documentación remitida por los establecimientos de Repsol Petróleo, Repsol Butano y Exolum, a través del Departamento Territorial de A Coruña de la Consellería de Economía e Industria, la Dirección General de Emergencias e Interior revisó el Plan de emergencia exterior del polígono de A Grela Bens.
Esta nueva revisión del Plan de emergencia exterior del polígono de A Grela Bens fue sometida a un período de información pública de 20 días hábiles, mediante Resolución de 7 de abril de 2025, de la Dirección General de Emergencias e Interior, publicada en el DOG núm. 78, de 24 de abril, en aplicación de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 13 del Real decreto 840/2015, de 21 de septiembre. También fue remitido a los ayuntamientos de A Coruña y Arteixo, en cumplimiento del artículo 33 de la Ley 5/2007, de emergencias de Galicia, que indica en el apartado 2 que corresponde al Consello de la Xunta, previo informe de la Comisión Gallega de Protección Civil, la aprobación de los planes especiales, previa consulta a las entidades locales y entidades que reglamentariamente se establezcan. No se recibieron alegaciones al plan.
La Comisión Gallega de Protección Civil, en su reunión de 2 de julio de 2025, emitió informe favorable sobre este plan y acordó su remisión al Consejo Nacional de Protección Civil para informe.
La Comisión Permanente del Consejo Nacional de Protección Civil emitió informe favorable del Plan de emergencia exterior del polígono de A Grela Bens mediante el procedimiento previsto en el artículo 13.bis de su Reglamento de organización y funcionamiento.
En su virtud, a propuesta del conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión de doce de enero de dos mil veintiséis,
DISPONGO:
Artículo 1
1. Aprobar el Plan de emergencia exterior del polígono de A Grela Bens.
2. Este plan de emergencia exterior se encontrará a disposición del público en la sede de la Dirección General de Emergencias e Interior de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes (calle Roma, 25-27, Santiago de Compostela), en su página web, así como en las dependencias de los servicios de Emergencias de los departamentos territoriales.
Artículo 2
Dejar sin efecto el Plan de emergencia exterior del polígono de A Grela Bens, aprobado por el Decreto 174/2021, de 29 de diciembre (DOG núm. 11, de 18 de enero).
Disposición final. Entrada en vigor
Este decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, doce de enero de dos mil veintiséis
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente
Diego Calvo Pouso
Conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes
