De conformidad con lo previsto en el artículo 42.4, apartados a) y b), de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, procede publicar el extracto de la Resolución de 13 de enero de 2026, de la Dirección General de Energías Renovables y Cambio Climático, por la que se revoca la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del parque eólico Fonseca (Pousadoiro-Fonseca fase II), emplazado en los ayuntamientos de A Pontenova, Riotorto y Meira (Lugo), promovido por Gamesa Energía, S.A. (expediente 115-EOL).
Primero. Contenido de la resolución y condiciones que la acompañan.
La mencionada resolución dispone lo siguiente:
1. Revocar la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución del parque eólico Fonseca (Pousadoiro-Fonseca fase II), emplazado en los ayuntamientos de A Pontenova, Riotorto y Meira (Lugo), promovido por Gamesa Energía, S.A. (expediente 115-EOL).
2. Archivar el expediente del parque eólico Fonseca (Pousadoiro-Fonseca fase II) (expediente 115-EOL).
Segundo. Principales motivos y consideraciones en los que se basa la resolución:
1. El 6.5.2004, la Consellería de Innovación, Industria y Comercio dictó resolución por la que se publica la relación de solicitudes de autorización para la instalación de parques eólicos admitidas a trámite al amparo de la Orden de 22 de enero de 2004, entre las cuales de encuentra la del proyecto del parque eólico Pousadoiro-Fonseca fase I, para una potencia de 20 MW.
2. El 26.5.2004, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución, la declaración de utilidad pública, en concreto, la aprobación del proyecto sectorial y el acogimiento al régimen especial de producción de energía eléctrica para el parque eólico Pousadoiro-Fonseca fase I.
3. El 24.5.2006, la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental formuló la declaración de impacto ambiental del parque eólico Pousadoiro-Fonseca, que se hace pública por la Resolución de 15 de junio de 2006, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas. Dicha declaración de impacto es común para los proyectos de los parques eólicos Pousadoiro-Fonseca fase I y Fonseca (Pousadoiro-Fonseca fase II).
4. El 29.1.2007, la Consellería de Innovación e Industria dictó resolución por la que se publica la relación de solicitudes de autorización para la instalación de parques eólicos admitidas a trámite al amparo de la Orden de 22 de mayo de 2006, entre las cuales de encuentra la del proyecto del parque eólico Fonseca (Pousadoiro-Fonseca fase II), para una potencia de 26 MW.
5. El 6.2.2007, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa, la aprobación del proyecto de ejecución, la declaración de utilidad pública, en concreto, la aprobación del proyecto sectorial y el acogimiento al régimen especial de producción de energía eléctrica para el parque eólico Fonseca (Pousadoiro-Fonseca fase II).
6. El 17.7.2007 se hizo pública la Resolución de 29 de junio de 2007, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas, por la que se autorizan las instalaciones electromecánicas, se aprueba el proyecto de ejecución, se les reconoce la condición de instalaciones acogidas al régimen especial de producción de energía eléctrica y se declara la utilidad pública, en concreto, de las instalaciones del proyecto del parque eólico Pousadoiro-Fonseca fase I, situado en los ayuntamientos de Riotorto, A Pontenova y A Pastoriza (Lugo), promovido por Gamesa Energía, S.A. (expediente 043-EOL).
7. El 31.10.2008, la Delegación Provincial de la Consellería de Innovación e Industria de Lugo autorizó la puesta en marcha definitiva de la instalación electromecánicas de generación, transformación e inconexión del proyecto de ejecución denominado parque eólico Pousadoiro-Fonseca fase I.
8. El 30.4.2010, la Secretaría General de Calidad y Evaluación Ambiental informó que no tenía objeciones a las modificaciones recogidas en la fase II del parque eólico Pousadoiro-Fonseca. Asimismo, estableció una serie de medidas nuevas a adoptar por el promotor y señaló que, en lo restante, mantenía su vigencia la declaración de impacto ambiental formulada por la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental el 24.5.2006, considerándose como resuelto el tramite ambiental de la fase II.
9. El 10.2.2011 se hizo pública la Resolución de 29 de diciembre de 2010 por la que se autoriza administrativamente y se reconoce la condición de instalación acogida al régimen especial de producción de energía eléctrica a las instalaciones del proyecto del parque eólico Fonseca (Pousadoiro-Fonseca fase II), situado en los ayuntamientos de A Pontenova, Riotorto y Meira y promovido por Gamesa Energía, S.A. (expediente 115-EOL). Por su parte, el proyecto de ejecución se aprobó por la Resolución de 13 de diciembre de 2011, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.
10. El 24.11.2017, la promotora comunicó el cambio de su denominación social, de Gamesa Energía, S.A. a Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, S.A.U.
11. El 29.10.2020, Siemens Gamesa Renewable Energy Wind Farms, S.A.U. remitió escrito a la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales en el que se solicita que se formule consulta al órgano ambiental respecto de la vigencia de la declaración de impacto ya que «... entiende que las obras correspondientes a las instalaciones que componen el parque eólico Fonseca (PE Pousadoiro-Fonseca fase II) ya fueron iniciadas antes de la entrada en vigor de la Ley 21/2013, puesto que la subestación transformadora 20/132 kV, y su transformador de 40/53 MVA, que es compartida por el PE Fonseca, ya fue construida y puesta en servicio tal y como se acredita en este escrito, por lo que se puede concluir que, atendiendo a la disposición transitoria primera de la Ley 21/2013, de evaluación ambiental, la declaración de impacto ambiental del parque eólico Pousadoiro- Fonseca de 24.5.2006 sigue vigente al iniciar la ejecución del proyecto con anterioridad al plazo máximo de seis años».
Santiago de Compostela, 13 de enero de 2026
Paula Mª Uría Traba
Directora general de Energías Renovables y Cambio Climático
