DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 17 Martes, 27 de enero de 2026 Pág. 7613

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

EXTRACTO de la Orden de 5 de enero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para el impulso de una Red de mercados excelentes de Galicia y la dinamización y revitalización de las plazas de abastos, y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento IN223A).

BDNS (Identif.): 882931.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones:

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/882931

https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/882934

Los códigos asignados por la BDNS corresponden a un mismo texto de convocatoria.

Primero. Personas beneficiarias

1. Podrán ser entidades beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases reguladoras:

a) Los ayuntamientos gallegos que cuenten con un mercado con el sello de Mercado Excelente otorgado de conformidad con la Orden de 12 de diciembre de 2025 por la que se regula el procedimiento para la obtención y renovación del sello de Mercado Excelente en la Comunidad Autónoma de Galicia, o aquellos que estén en el proceso para su obtención.

b) Las federaciones de asociaciones de plazas de abastos y mercados, asociaciones de vendedores de las plazas de abastos y mercados y otras asociaciones, sin ánimo de lucro, que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.

En el caso de asociaciones de vendedores de plazas de abastos, el número de miembros asociados deberá suponer, como mínimo, el 50 % de los puestos ocupados en la plaza de abastos. A estos efectos se contarán como una unidad los puestos ocupados por el/la mismo/a placero/a.

En el caso de las otras asociaciones, solo podrán ser beneficiarias en caso de que no exista una asociación de vendedores de la plaza de abastos para que se solicita la ayuda y siempre que cuenten entre sus asociados, como mínimo, con el 50 % de los/las placeros/as de dicha plaza.

Las federaciones y asociaciones deberán tener una antigüedad mínima de tres años en la fecha de publicación de esta orden y encontrarse al corriente en la obligación de aprobación de las cuentas anuales por la junta directiva en los dos últimos ejercicios previos a esta orden de convocatoria.

c) Las cooperativas de vendedores/as de las plazas de abastos que estén legalmente constituidas y cuyo ámbito de actuación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Segundo. Objeto

La concesión de las subvenciones de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración para el impulso de una Red de mercados excelentes de Galicia y la dinamización y revitalización de las plazas de abastos y mercados de Galicia.

Tercero. Bases reguladoras

Se publican conjuntamente en la convocatoria.

Cuarto. Importe

Para la concesión de estas subvenciones se destinará un crédito total de 2.285.000,00 € que será imputado de la siguiente forma:

a) Ayuntamientos:

Se destinará un crédito total de 2.000.000,00 € con cargo a la aplicación presupuestaria 14.06.751A.761.10 y código de proyecto 2026 00053, de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para los años 2026 y 2027, de acuerdo con la siguiente distribución

Anualidad

Importe

2026

1.000.000,00 €

2027

1.000.000,00 €

Total

2.000.000,00 €

b) Federaciones, asociaciones de plazas de abastos y mercados y cooperativas de vendedores/as de plazas de abastos:

Se destinará un crédito total de 285.000,00 € con cargo a las aplicaciones presupuestarias 14.06.751A.481.10 y 14.06.751A.470.10, y código de proyecto 2026 00053 de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2026, de la siguiente manera:

Entidad

Aplicación

Importe

Federaciones de asociaciones de plazas de abastos y mercados

14.06.751A.481.10

40.000,00 €

Asociaciones de plazas de abastos y mercados

222.600,00 €

Otras asociaciones

Cooperativas de vendedores/as de las plazas de abastos

14.06.751A.470.10

22.400,00 €

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes

Un mes contado desde las 9.00 horas del día 2 de febrero de 2026.

El último día de presentación de solicitudes finalizará a las 20.00 horas.

Santiago de Compostela, 5 de enero de 2026

José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración