Examinado el expediente instruido a solicitud de UFD Distribución Electricidad, S.A. sobre las autorizaciones administrativas previa y de construcción y la declaración, en concreto, de utilidad pública de la instalación eléctrica que se describe a continuación:
Solicitante: UFD Distribución Electricidad, S.A.
Domicilio social: avenida San Luis, 77. 28033 Madrid.
Denominación: cambio de sección CCH802 LEC-30 a LA-56.
Situación: entre las localidades de Martiñán y Pereira, ayuntamiento de Bande.
Presupuesto: 218.474,67 €.
Características principales del proyecto, que fue firmado por el ingeniero industrial David Núñez Fernández, colegiado núm. 1534 del ICOIIG, el 8.8.2025:
1. Sustitución del transformador existente denominado Pereira–32AW46 por un nuevo centro transformador del tipo intemperie, sobre apoyo de celosía metálica, del tipo C-12/2000, con transformador de 50 kVA y r/t: 20.000/400 V.
2. Sustitución de 3.294 metros de conductor LA-30 por 3.292 metros de nuevo conductor LA-56 entre los apoyos núm. 138 y núm. 138-B31-CT de la LMTA CCH802. Para ello, se sustituirán 31 apoyos existentes por 28 nuevos apoyos metálicos con las características indicadas en el proyecto presentado a trámite.
3. En las derivaciones de la LMTA a reformar se realizarán las siguientes actuaciones:
i. Derivación al CT 32AG02: se sustituirá el apoyo núm. 138-B8-1, del tipo HV, por un nuevo apoyo de celosía metálica del tipo C-14/2000.
ii. Derivación al CT 32CGJ4: se instalará un nuevo apoyo núm. 138-B13, del tipo C-16/2000.
iii. Derivación al CT 32AG61: se desmontarán 12 m de conductor LA-30 entre el apoyo núm. 138-B20 y el nuevo apoyo núm. 138-B20-1A, del tipo C-12/2000. Sobre este último se retensará el conductor existente LA-30 de la derivación. Se entroncará con la línea principal a través de 13 m de nuevo conductor del tipo LA-56, entre los apoyos mencionados.
iv. Derivación del apoyo núm. 138-B26: se sustituirá el apoyo núm. 138-B26 por un nuevo apoyo del tipo C-18/2000.
v. Derivación del apoyo núm. 138-B28: se instalará un nuevo apoyo del tipo C-14/2000.
vi. Derivación del apoyo núm. 138-B29: se instalará un nuevo apoyo del tipo C-14/3000.
La información pública del proyecto fue realizada mediante el Acuerdo de este Departamento Territorial de 12.9.2025, que fue insertado en el DOG de 7.10.2025 y en el periódico La Región de Ourense de 25.9.2025. El proyecto también estuvo en exposición pública en este departamento territorial y en el portal de transparencia de esta consellería durante el plazo reglamentario. Dentro del plazo establecido para ello no se presentaron alegaciones.
En consecuencia, cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en los capítulos II y V del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta dirección territorial
RESUELVE:
Conceder las autorizaciones administrativas previa y de construcción y declarar, en concreto, la utilidad pública de dicha instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.
Estas autorizaciones se otorgan sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.
El plazo de puesta en marcha de la instalación que se autoriza será de seis meses, contados a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.
La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954.
Que el representante de la Administración, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 52 de la Ley de expropiación forzosa, de 16 de diciembre de 1954, y 149 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, dé comienzo al levantamiento de las actas previas a la ocupación, en los días y horas que a cada interesado se le notifiquen de manera individual, de aquellas fincas que figuran en el anexo del acuerdo de información pública del proyecto arriba señalado.
Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.
Ourense, 13 de enero de 2026
Alicia María López Míguez
Directora territorial de Ourense
