DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 24 Jueves, 5 de febrero de 2026 Pág. 11009

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

RESOLUCIÓN de 23 de enero de 2026 por la que se hace público el importe del canon unitario de tratamiento por tonelada de residuos domésticos que deberá aplicar la Sociedad Gallega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama) para el año 2026 y la cuantía del canon unitario reducido.

Antecedentes:

Primero. La disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014 estableció una garantía de sostenibilidad financiera del sistema promovido por la Administración autonómica para la gestión institucional de los residuos domésticos en Galicia.

Con la finalidad de garantizar dicha sostenibilidad estableció en su punto dos una actualización anual del canon unitario de tratamiento por tonelada en el mes de enero conforme al índice de precios al consumo.

Segundo. Mediante la Resolución de 20 de enero de 2025, de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático, emitida al amparo del apartado dos de la disposición adicional vigésimo primera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, y publicada en el Diario Oficial de Galicia número 13, de 21 de enero de 2025, se hizo público el importe del canon unitario a percibir por la Sociedad Gallega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama) por la gestión de residuos domésticos o urbanos para el año 2025, que se fija en la suma de 108 euros por tonelada más IVA de residuos gestionada, a tenor del punto tres de la disposición adicional vigésimo primera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, por las circunstancias excepcionales de sostenibilidad financiera del sistema en ese momento.

Tercero. El punto tres.bis de la disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, en la modificación operada por el artículo 35 de la Ley 5/2024, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, establece la posibilidad de establecer un canon reducido para su aplicación a aquellas entidades locales que hubieran cumplido los requisitos establecidos en dicho punto tres.bis. La finalidad de dicho canon reducido es la de reducir los efectos negativos de la generación y de la gestión de los residuos en la salud humana y en el medio ambiente.

Fundamentos jurídicos

I. El Decreto 42/2024, de 14 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Xunta de Galicia, el Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de los departamentos de la Xunta de Galicia, y el Decreto 137/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático, configuran esta consellería como el órgano de la Administración de la Comunidad Autónoma con competencias y funciones en materia, entre otras, de medio ambiente y atribuye a la Dirección General de Calidad y Sostenibilidad Ambiental, bien directamente o a través de sus dependencias subordinadas, funciones y competencias en materia de evaluación y control del impacto en medio ambiente causado por la actividad humana y la promoción de sistemas y estrategias corregir dicha incidencia, incluyendo diversas atribuciones en materia de residuos.

II. La disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, señala que el sistema promovido por la Administración autonómica para la gestión institucional de los residuos domésticos, gestionado por la Sociedad Gallega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama) al amparo de la Ley 10/2008, de 3 de noviembre, de residuos de Galicia, constituye un modo de gestión colectiva de los residuos municipales cuya finalidad de interés general es la de conseguir, en cooperación con las entidades locales adheridas al sistema, el mejor resultado ambiental global en el tratamiento de los residuos domésticos, buscando la máxima eficiencia en el uso de los recursos públicos.

La citada disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, establece como una de sus finalidades alcanzar un coste homogéneo y lo más reducido posible para todas las entidades locales adheridas al sistema.

El punto dos de dicha disposición fijó el canon unitario de tratamiento por tonelada de residuos que deberá percibir la citada entidad y señala que este se actualizaría anualmente en el mes de enero conforme al índice de precios al consumo, publicándose su cuantía en el Diario Oficial de Galicia.

III. De acuerdo con lo establecido en el punto tres.bis de la disposición adicional vigésimo primera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, en la modificación operada por el artículo 35 de la Ley 5/24, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas y con la finalidad de reducir los efectos negativos de la generación y de la gestión de los residuos en la salud humana y en medio ambiente, se podrá establecer un canon unitario por tonelada de cuantía reducida, ligado al cumplimiento por parte de las entidades locales que lo soliciten de uno de los siguientes requisitos:

a) Disminuir la entrega de residuos correspondientes a la fracción resto en un mínimo de un 1,00 % respecto a los entregados en el año inmediatamente anterior.

b) Incrementar en un mínimo del 3 % respecto al ejercicio inmediatamente anterior las toneladas procedentes de la recogida selectiva de residuos de envases en el contenedor amarillo o de biorresiduos de origen doméstico en el contenedor marrón.

Visto cuanto antecede,

RESUELVO:

Hacer público el importe del canon unitario por tratamiento de residuos domésticos aplicable durante el año 2026, en el marco del sistema promovido por la Xunta de Galicia para la gestión institucional de los residuos de competencia municipal y gestionado por la Sociedad Gallega de Medio Ambiente, S.A. (Sogama), que se fija en 111,13 euros por cada tonelada de residuos domésticos gestionada, más el incremento correspondiente al impuesto sobre el valor añadido.

Establecer un canon de cuantía reducida, que se fija en 97,76 euros por cada tonelada de residuos domésticos gestionada, más el incremento correspondiente al impuesto sobre el valor añadido, condicionado al cumplimiento de lo establecido en el punto tres.bis de la disposición adicional vigésimo primera de la Ley 11/2013, de 26 de diciembre, de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia para el año 2014, en la modificación operada por el artículo 35 de la Ley 5/24, de 27 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas.

Santiago de Compostela, 23 de enero de 2026

Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático