De conformidad con lo dispuesto en los artículos 42, 44 y 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, habiendo intentado la notificación (por dos veces) de la resolución dictada por el director de la Agencia de Turismo de Galicia en el domicilio de la interesada sin que estas se hubiesen podido realizar, se notifica la resolución a la persona citada en el anexo emplazándola para que en el plazo de diez (10) días, contados a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, comparezca personalmente o mediante persona debidamente acreditada en el Área Provincial de Turismo de A Coruña (calle Vicente Ferrer, 2, 2º, A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, para conocer el contenido íntegro de la resolución. Se advierte de que, de no comparecer, se le dará por notificada.
Contra la resolución, que se notifica en este acto, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Agencia de Turismo de Galicia en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
A Coruña, 22 de enero de 2026
Ana T. Cimas Hernando
Jefa del Área Provincial de Turismo de A Coruña
ANEXO
Establecimiento: vivienda de uso turístico denominada Esperante.
Titular: María Luisa Valdes Aguirre.
Enderezo: calle Esperante, 9, bajo.
Ayuntamiento: 15183 Carral.
