DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 35 Lunes, 23 de febrero de 2026 Pág. 14659

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía e Industria

RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2026, del Departamento Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción y la declaración de utilidad pública, en concreto, de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Cariño (expediente IN407 2025/131-1).

Expediente: IN407A 2025/131-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Proyecto: Retranqueo CT Sagrón y CT As Cañotas-Cariño».

Ayuntamiento: Cariño.

Hechos:

1. El día 2 de julio de 2025, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada con objeto de mejora en la calidad del suministro eléctrico.

Al amparo de los artículos 123 y 143 del Real decreto 1955/2000, junto con la relación de bienes y derechos afectados de necesaria ocupación para la construcción de la instalación proyectada, presentan el proyecto de ejecución denominado Retranqueo CT Sagrón y CT As Cañotas-Cariño, firmado el día 12.5.2025 por Victoriano González Lemos, ingeniero técnico industrial eléctrico, nº de colegiado 2.980 de Vigo.

2. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante un acuerdo publicado en los siguientes medios:

• Portal de transparencia y Gobierno abierto de la Consellería de Economía e Industria.

• DOG: 28 de noviembre de 2025.

• BOP: 12 de noviembre de 2025.

• Periódico La Voz de Galicia: 1 de diciembre de 2025.

• Tablón de anuncios del ayuntamiento: según certificado municipal del 23 de diciembre de 2025.

3. Durante el período en que el proyecto se sometió al trámite de información pública no se presentó ninguna alegación, reclamación ni sugerencia relacionada con la documentación objeto de publicación.

4. Conforme al artículo 127 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se solicitó el informe preceptivo a las distintas entidades afectadas: Patrimonio Cultural, Diputación Provincial, Augas de Galicia y ayuntamiento de Cariño.

La empresa promotora manifestó su conformidad con los informes emitidos por Patrimonio Cultural en el plazo otorgado a tal efecto.

En el día de esta resolución, no consta en el expediente respuesta de Diputación Provincial, Augas de Galicia y Ayuntamiento de Cariño, a la solicitud de informe.

5. El día 29 de enero de 2026 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El director territorial es competente para resolver este expediente, al amparo de lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero), y en el Decreto 140/2024, de 20 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consellería de Economía e Industria (DOG nº 101, de 27 de mayo).

2. Las celdas de los centros de transformación proyectados contienen gases sujetos a prohibiciones previstas en el Reglamento (UE) nº 2024/573 del Parlamento Europeo y del ayuntamiento, de 7 de febrero de 2024. Dichas celdas no podrán ser instaladas a no ser que se justifique alguna de las excepciones indicadas en el artículo 13 de dicho reglamento. En caso contrario deberán realizarse las actuaciones administrativas necesarias para adaptar la instalación.

2. Legislación de aplicación:

• Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

• Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

• Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09 (BOE núm. 68, de 19 de marzo).

• Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23 (BOE núm. 139, de 9 de junio).

• Real decreto 2563/1982, de 24 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de industria, energía y minas (BOE núm. 246, de 14 de octubre).

• Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa (BOE núm. 351, de 17 de diciembre).

• Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba el reglamento de la Ley de expropiación forzosa (BOE núm. 160, de 20 de junio).

3. Características técnicas:

Las instalaciones objeto de este expediente están situadas en la av. de Sangrón nº 38, en el lugar de Fontao, ayuntamiento de Cariño y sus características técnicas son las siguientes:

Instalación de un CT prefabricado 3L1P de 250 kVA de potencia, para sustituir al actual CT 15CU14 Sagrón (expediente IN407A 2016/766-1) que se desmantela.

Instalación de un CT prefabricado 2L1P de 250 kVA de potencia en el lugar de Fontao, para sustituir al actual CT 15AU49 As Cañotas (expediente IN407A 2015/402-1).

Desmantelamiento de la LMTA que une los CT Sagrón e As Cañotas y a su paso a subterráneo, siendo necesario el cambio por un CT tipo 2L1P, para poder dar continuidad a la LMT hasta el CT particular 15PLL0 Bombas Agua Cariño:

Desmantelamiento de 419 m de LMTA MEA-805 comprendidos entre el CT 15CU14 Sagrón y el CT 15AU49 As Cañotas y 110 metros de conductor LAC-80 sin servicio.

Desmantelamiento de 3 apoyos de celosía y 3 apoyos de hormigón pertenecientes a estos tramos.

Sustitución del apoyo existente B84E2ND5//98 por un nuevo apoyo C-4500-22 en final de línea en el que se instalan un PAS y un seccionador tipo XS para continuar el servicio el CT 15PLT3.

LMTS en conductor RHZ1-2OL 12/20 kV 3×(1×240) con una longitud de 25 m + 25 m con entrada y salida en el CT 3L1P proyectado, 710 m desde el CT 3L1P proyectado hasta el CT 2L1P proyectado y desde este último 40 m hasta el apoyo existente B7UNE9WO//96-3-CT para darle servicio al CT 15PLL0 Bombas Agua Cariño.

Desmantelamiento de 150 m de RHV 240 con expediente: IN407A 405/2023.

4. En la visita de campo realizada el 19.1.2026 para examinar el lugar de la instalación no se apreció, en los predios sometidos a expropiación, ninguna de las limitaciones a la constitución de la servidumbre que señala el artículo 58.a) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

5. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de este departamento territorial.

Conforme con todo lo señalado,

RESUELVO:

A) Conceder la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación de distribución eléctrica mencionada.

La declaración de utilidad pública lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes y de adquisición de los derechos afectados e implicará la urgente ocupación, a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

B) La instalación se ejecutará en el plazo de dos años, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En todo caso, deberán respetarse los plazos establecidos en el artículo 13.9 del Reglamento (UE) nº 2024/573 del Parlamento Europeo y del Consejo de 7 de febrero de 2024, sobre los gases fluorados de efecto invernadero, por el que se modifica la Directiva (UE) nº 2019/1937, y se deroga el Reglamento (UE) nº 517/2014 (DOUE nº 573, de 20 de febrero de 2024), sobre prohibiciones para la puesta en funcionamiento de aparamenta eléctrica que emplee gases fluorados de efecto invernadero, o cuyo funcionamiento dependa de ellos, en un medio aislante o de rotura.

C) Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante este departamento territorial una solicitud a la cual acompañará la siguiente documentación:

• Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento y las certificaciones o homologaciones, si procede.

• Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y de las prescripciones complementarias, si las hubiese, así como de las reglamentaciones y normas idóneas para el montaje de la instalación y puesta a punto.

• Planimetría as built de la instalación eléctrica en formato shape.

D) Esta autorización se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial en lo relativo a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

El incumplimiento de las condiciones y requisitos establecidos en esta resolución o la variación sustancial de los presupuestos que determinaron su otorgamiento podrán dar lugar a su revocación, después de audiencia al interesado, según lo establecido en el artículo 53.10 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la conselleira de Economía e Industria, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de dicha Ley 39/2015, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren apropiado.

Mediante este documento se les notifica a los interesados esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

A Coruña, 29 de enero de 2026

Isidoro Martínez Arca
Director territorial de A Coruña

ANEXO

Relación de bienes y derechos afectados. Ayuntamiento de Cariño

Nº parcela

Paraje y referencia catastral

Cultivo

Propietaria

Afección de suelo en pleno dominio

Afección de suelo por servidumbre de paso de energía eléctrica

Apoyo nº

m2

ml aér.

ml sot.

m2 aér.

m2 sot.

1

Ru. Pedra 28

Ref. catastral: 0532131NJ9413S0001WY

Urbana

– Casimelindo, S.L.

Repr: María Teresa Docampo

CT

52.42

4

Muíño Vello

Ref. catastral: 15095A004006560000OH

Rústico

– Malayo ITG, S.L.

Apoyo

2.0

Abreviaturas:

ml aér.: longitud de la servidumbre aérea en metros lineales.

m2 aér.: superficie de servidumbre aérea en m2.

ml sot.: longitud de la servidumbre soterrada en metros lineales.

m2 sot.: superficie de servidumbre soterrada.