Mediante la Resolución rectoral de 10 de marzo de 2025 (DOG de 19 de marzo), se convocaron pruebas selectivas para cubrir nueve (9) plazas en la escala técnica superior de Administración de la USC, subgrupo A1, por el turno de promoción interna.
Mediante la Resolución rectoral de 16 de septiembre de 2025 (DOG de 25 de septiembre) se aprobó la relación provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas en las mencionadas pruebas selectivas, fijándose un plazo para subsanar los defectos que motivasen la exclusión u omisión.
Finalizado dicho plazo y con arreglo a lo establecido en la base 4.4 de la convocatoria,
RESUELVO:
Primero. Aprobar y hacer pública la lista definitiva de personas admitidas y excluidas en las citadas pruebas.
Segundo. Indicar que la citada lista definitiva está expuesta en el tablón electrónico de la USC y en la web: https://www.usc.gal/gl/institucional/goberno/area/xestionpersoal/PAS/oep/listado
Tercero. Convocar a las personas aspirantes admitidas a la realización del segundo ejercicio de la fase de oposición (cuestionario tipo test), el día 23 de marzo, a las 17.00 horas, en el aula Luisa Cuesta de la Biblioteca Concepción Arenal de la USC (Campus Vida, Santiago de Compostela). No se celebrará el primer ejercicio dado que todas las personas aspirantes acreditan el conocimiento del gallego.
La publicación de los sucesivos anuncios de realización de los demás ejercicios la efectuará el tribunal en el tablón electrónico de la universidad y en la página web:
https://www.usc.gal/gl/institucional/goberno/area/xestionpersoal/PAS/oep/listado
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santiago de Compostela, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
No obstante, las personas interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que la dictó. En este caso no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo anteriormente indicado en tanto no recaiga resolución expresa o presunta del recurso administrativo de reposición, al amparo de los artículos 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Santiago de Compostela, 11 de febrero de 2026
Antonio López Díaz
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela
