Las consellerías de Hacienda y Administración Pública y del Medio Rural firmaron el 13 de febrero de 2026 un acuerdo para gestionar determinados actos de gestión de las listas para el nombramiento de personal interino y la contratación temporal de personal laboral de categorías, cuerpos o escalas dedicados a las tareas de prevención y defensa contra incendios forestales.
Para general conocimiento, se dispone su publicación como anexo a la presente resolución.
Santiago de Compostela, 20 de febrero de 2026
Nuria Aguilar Vázquez
Directora general de Empleo Público y Administración de Personal
ANEXO
Acuerdo de 13 de febrero de 2026 entre la Consellería de Hacienda y Administración Pública y la Consellería del Medio Rural por el que se encomiendan a esta última determinados actos de gestión de las listas para el nombramiento de personal interino y la contratación temporal de personal laboral de categorías, cuerpos o escalas dedicados a las tareas de prevención y defensa contra incendios forestales
Con el objeto de alcanzar una mayor eficacia en la gestión del personal temporal correspondiente a los cuerpos y escalas del personal funcionario interino o a las categorías de personal laboral de los servicios de prevención y defensa contra incendios forestales que se especifican en el anexo I de este acuerdo, se encomiendan desde el año 2007 determinados actos de gestión de las listas reguladas por el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, a la Consellería del Medio Rural.
Estas consellerías, dado el plazo de vigencia de la encomienda acordada en el año 2024, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, y en la disposición adicional primera del Decreto 37/2006, de 2 de marzo, por el que se regula el nombramiento de personal interino para el desempeño con carácter transitorio de plazas reservadas a personal funcionario y la contratación temporal de personal laboral de la Xunta de Galicia,
ACUERDAN:
Cláusula 1
Encomendar a la Consellería del Medio Rural determinados actos de gestión de las listas para el nombramiento de personal interino y para la contratación temporal de personal laboral de las categorías, cuerpos y escalas que se especifican en el anexo I, reguladas en el Decreto 37/2006, de 2 de marzo, del personal de la Xunta de Galicia dedicado a las tareas de prevención y defensa contra incendios forestales.
La encomienda abarcará las siguientes actuaciones y tendrán el alcance que en cada caso se señala:
a) La organización y realización de la prueba física a la que se deben someter los distintos integrantes de las listas.
b) La realización de los llamamientos para la cobertura temporal de los distintos puestos de trabajo dedicados a las tareas de prevención y defensa contra incendios forestales adscritos a las categorías, cuerpos y escalas que constan en el anexo I. A estos efectos, se utilizará una aplicación informática proporcionada por la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal cuando este llamamiento se realice a través de las listas reguladas por el Decreto 37/2006, de 2 de marzo.
Cláusula 2
La encomienda de gestión no supone la cesión de la titularidad de las competencias.
Cláusula 3
La encomienda tendrá un plazo de vigencia de dos años a partir de su publicación. Este plazo podrá ser prorrogado por igual período, mediante acuerdo expreso de las partes, que se publicará antes de la finalización de su plazo de vigencia.
Disposición final. Este acuerdo entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 13 de febrero de 2026. Miguel Corgos López-Prado, conselleiro de Hacienda y Administración Pública. María José Gómez Rodríguez, conselleira del Medio Rural.
ANEXO I
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Grupo Subgrupo |
Categoría Cuerpo/Escala |
Denominación |
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B |
209U |
Cuerpo de técnicos/as de carácter facultativo, escala técnica del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, especialidad bombero/a forestal jefe/a de brigada |
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C2 |
207S |
Cuerpo de auxiliares de carácter técnico, escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, especialidad de emisorista/vigilante/a fijo/a |
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C2 |
207T |
Cuerpo de auxiliares de carácter técnico, escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, especialidad bombero/a forestal-conductor/a de motobomba |
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C2 |
207U |
Cuerpo de auxiliares de carácter técnico, escala auxiliar del Servicio de Prevención y Defensa contra Incendios Forestales, especialidad bombero/a forestal |
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I |
038 |
Técnico/a superior de defensa contra incendios forestales |
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II |
039 |
Técnico/a forestal de defensa contra incendios forestales |
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III |
100 |
Bombero/a forestal jefe/a de brigada |
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IV |
032 |
Operador/a codificador/a de datos de defensa contra incendios forestales |
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IV |
033 |
Bombero/a forestal conductor/a de motobomba |
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IV |
037 |
Oficial/a de segunda mecánico/a de máquinas de defensa contra incendios forestales |
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V |
10A |
Vigilante móvil de defensa contra incendios forestales |
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V |
10B |
Vigilante fijo/a de defensa contra incendios forestales |
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V |
10C |
Emisorista de defensa contra incendios forestales. Escuchaincendios |
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V |
014 |
Bombero/a forestal |
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V |
14A |
Bombero/a forestal conductor/a |
