El 23 de enero de 2026 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de la primera convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para fomentar la sostenibilidad de los establecimientos expendedores de comidas y bebidas en el litoral de Galicia, y se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2026 (código de procedimiento MT975Z).
El plazo para la presentación de solicitudes era de un (1) mes. Este plazo comenzó a contarse una vez transcurridos siete días hábiles desde el siguiente al de la publicación de la resolución en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el día 3 de marzo de 2026.
Teniendo en cuenta el requisito establecido en el artículo 2.1 de dicha orden, y que la duración de la temporada para el litoral de Galicia y, por tanto, la actividad económica vinculada a estos establecimientos comienza el 27 de marzo de 2026, procede, para promover y facilitar la participación en este procedimiento, modificar el plazo de presentación de solicitudes establecido en la convocatoria hasta el 3 de mayo de 2026. Al tratarse de una convocatoria en régimen de concurrencia no competitiva, esta modificación del plazo de presentación de solicitudes, que pasa a ser de tres (3) meses, no causa perjuicio a terceros.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 30.1.3 del Estatuto de autonomía de Galicia y en uso de las facultades que me confiere la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (en adelante, Ley 9/2007), así como en uso de las competencias que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia,
DISPONGO:
Artículo único
Modificación de la Orden de 21 de enero de 2026 por la que se establecen las bases reguladoras de la primera convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para fomentar la sostenibilidad de los establecimientos expendedores de comidas y bebidas en el litoral de Galicia y se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2026 (código de procedimiento MT975Z).
El punto 3 del artículo 8 de la Orden de 21 de enero de 2026, por la que se establecen las bases reguladoras de la primera convocatoria para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de ayudas para fomentar la sostenibilidad de los establecimientos expendedores de comidas y bebidas en el litoral de Galicia, y se convocan, mediante tramitación anticipada de gasto, para el año 2026 (código de procedimiento MT975Z), queda redactado de la siguiente manera:
«3. El plazo de presentación de solicitudes será de tres (3) meses, que contarán a partir de las 12:00 horas del séptimo día hábil siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia».
Disposición final única
Esta orden tendrá efectos al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, 20 de febrero de 2026
Ángeles Vázquez Mejuto
Conselleira de Medio Ambiente y Cambio Climático
