Aprobada definitivamente la modificación puntual no sustancial del Plan general de ordenación municipal para actuaciones de rehabilitación edificatoria y de regeneración y renovación urbanas mediante el Acuerdo del Pleno de 19 de febrero de 2026, se publica el mismo de conformidad con el artículo 82.2 de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia:
«Primero. Aprobar definitivamente la propuesta de modificación puntual número 4 no substancial del Plan general de ordenación municipal para las actuaciones de rehabilitación edificatorio y de regeneración y renovación urbanas.
Segundo. Publicar el acuerdo de aprobación definitiva de la modificación puntual no sustancial del Plan general de ordenación municipal en el Diario Oficial de Galicia, inscribir el instrumento en el Registro de Planeamiento Urbanístico de Galicia y el documento que contenga la normativa y las ordenanzas en el Boletín Oficial de la provincia. Asimismo, estará disponible en la sede electrónica de este ayuntamiento».
Contra el presente acuerdo, en aplicación del artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y dado que aprueba una disposición de carácter general, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia en el prazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la jurisdicción contencioso-administrativa. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquiera otro recurso que se pueda estimar máis conveniente con arreglo a derecho.
Barro, 24 de febrero de 2026
Xosé Manuel Fernández Abraldes
Alcalde
