DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 41 Martes, 3 de marzo de 2026 Pág. 16097

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

EDICTO de 9 de febrero de 2026, del Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, relativo al inicio del expediente de clasificación como vecinal en mano común del monte denominado Montebois, Abesada e Montecelo, en el ayuntamiento de Punxín.

El Jurado Provincial de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, en sesión enfecha 1 de diciembre de 2025, acordó iniciar los trámites para la clasificación como vecinal en mano común del monte con las características que a continuación se relacionan:

Nombre del monte: Montebois, Abesada e Montecelo.

Superficie: 2,88 ha.

Pertenencia: CMVMC de la parroquia de Freás.

Parroquia: Freás (Santa María) y Ourantes (San Xoán).

Municipio: Punxín.

Descrición de las fincas que constituyen el monte:

Finca 1 (Montebois).

Estas parcelas incluidas en la solicitud constituyen un único coto redondo, según la definición que figura en el artículo 8 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, estando separadas por el camino con la referencia catastral 32066A02109004.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Linderos

Referencia catastral

32066A02100117

32066A02100530

32066A02100531

32066A02100532

Norte

32066A02109004

Este

32066A02109004

32066A02100114

32066A02100116

32066A02100115

32066A02100111

32066A02100112

32066A02100113

32066A02100106

Sur

32066A02109004

32066A02100106

32066A02100548

32066A02100095

32066A02100094

32066A02100123

Oeste

32066A02100106

32066A02100124

32066A02100125

32066A02100128

32066A02100129

32066A02100130

32066A02109004

Finca 2 (Abesada).

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Linderos

Referencia catastral

32066A01701074

Norte

32066A01709009

Este

32066A01709009

32066A01701077

Sur

32066A01701076

32066A01701075

32066A01709009

32066A01709002

Oeste

32066A01709002

Finca 3 (Montecelo).

Estas parcelas incluidas en la solicitud constituyen un único coto redondo, según la definición que figura en el artículo 8 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, estando separadas por el camino con la referencia catastral 32066A02309006.

Parcelas objeto de clasificación

Parcelas colindantes

Referencia catastral

Linderos

Referencia catastral

32066A02300600

32066A02300601

Norte

32066A02309006

32066A02300252

32066A02300254

32066A02300255

32066A02300256

32066A02300260

Este

32066A02300260

Sur

32066A02300261

32066A02300262

32066A02300265

32066A02300266

32066A02300267

32066A02300268

32066A01709009

Oeste

32066A01709009

Las fincas objeto de clasificación constituyen pequeñas extensiones ubicadas alrededor del núcleo de A Pousa y de sus barrios periféricos, que ejercen conjuntamente como centro neurálgico parroquial.

En el caso de las fincas Montebois y Montecelo, se trata de terrenos situados en zonas altas que dominan la mencionada población, con pendientes moderadas a fuertes; mientras que en el caso de la finca Abesada, situada en una cuota por debajo del núcleo, el terreno es bastante más llano y practicable.

En cuanto a su uso o aprovechamiento, los terrenos se caracterizan por una aparente ausencia de gestión en los distintos estratos existentes: monte bravo de pino del país procedente de regenerado natural, muy desigual segundo las zonas, en la finca Montebois; latizal de roble con presencia puntual de pinos, en el caso de la finca Montecelo; y una masa invasora de acacias, a la vez que un raso con presencia también puntual de pinos, en el caso de la finca Abesada.

Por último, es necesario destacar la presencia, dentro da R.C. 32066A02100532 (finca 1, Montebois), de una pista deportiva de unos 40×20 m y de un depósito de agua.

Lo que se pone en conocimiento de todos los interesados indicándoles que se abre un período de un mes para que puedan examinar el expediente y efectuar las alegaciones que estimen convenientes, así como aportar los documentos o informaciones que juzguen oportunas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 del Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, por el que se aprueba el reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común.

Ourense, 9 de febrero de 2026

José Antonio Armada Pérez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación de
Montes Vecinales en Mano Común de Ourense